Aborto legal: ¿qué dice el proyecto sobre la posibilidad de acceder a la IVE luego de la semana 14?

La iniciativa establece dos circunstancias puntuales en las cuales se habilita el acceso a la IVE a partir de la semana 15. Antecedente en el Código Penal Argentino.

LA ÚLTIMA PALABRA. El Senado será el encargado de aprobar o no la despenalización del aborto. LA ÚLTIMA PALABRA. El Senado será el encargado de aprobar o no la despenalización del aborto. ARCHIVO
16 Diciembre 2020

El debate sobre el proyecto enviado por el presidente Alberto Fernández para la regulación del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) y la atención postaborto ingresó a una etapa clave. Con la media sanción en la Cámara de Diputados, los senadores ya tratan iniciativa en el ámbito de las comisiones pertinentes, mientras todo hace pensar que la votación en el recinto de sesiones -se habla del martes 29- tendrá un final ajustado en cuanto a los números.

Las ruedas de expositores, como sucedió en la Cámara Baja, permitirán a los legisladores nacionales obtener argumentos clave para fundamentar una postura definitiva.

Uno de los aspectos que generó polémicas con relación al proyecto enviado por el Presidente refiere a los plazos en los cuales se podría acceder al aborto legal.

El artículo 4° del texto que envió Diputados al Senado establece que "las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana catorce, inclusive, del proceso gestacional".

En una entrevista dada a inicios de 2020, el ministro de Salud de la Nación Ginés González García había explicado las razones por las cuales se estableció ese lapso, puesto que en principio se hablaba de la semana 12. "Las que más me interesan son las (mujeres) que llegan tarde, mal, que no tienen acceso. Tenés que darle un par de semanas más porque después de eso no se puede. Esa es la razón, no es una pelea biológica del tamaño del embrión; es un problema de accesibilidad, nada más", había dicho el funcionario.

¿Qué sucede después de la semana 14?

El texto recibido por la Cámara Alta indica que "fuera del plazo dispuesto (...), la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo" sólo bajo dos circunstancias posibles.

a) "Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente" (en los casos de niñas menores de 13 años de edad, la declaración jurada no será requerida).

b) "Si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante".

En rigor, estas disposiciones van en línea con lo establecido desde 1921 por el Código Penal Argentino (artículo 86), donde se establece que el aborto practicado por un médico diplomado con el conocimiento de la paciente no es punible bajo estos escenarios. De hecho, la iniciativa aprobada con media sanción en la Cámara Baja pone en concordancia la redacción del ILE con el apartado específico del Código Penal.

¿Qué sucede si no se reúne alguna de estas causales y se concreta un aborto más allá de la semana 14?

El proyecto de IVE prevé sanciones en este caso, puesto que propone propone la incorporación de un artículo al Código Penal Argentino que determina "prisión de tres meses a un año" contra "la persona gestante que, luego de la semana 14 de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86, causare su propio aborto o consintiera que otro se lo causare". "Podrá eximirse la pena cuando las circunstancias hicieren excusable la conducta", agrega la iniciativa.

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