Por Federico Diego van Mameren y Álvaro José Aurane 28 Diciembre 2020
TESTIGO. Albo era par de Pedicone en la Cámara Penal de Apelaciones. LA GACETA / FOTOS DE ANALÍA JARAMILLO - HÉCTOR PERALTA
Un magistrado, una secretaria de la Corte, un relator del alto tribunal y un secretario de cámara deberán comparecer ante el Jurado de Enjuiciamiento en calidad de testigos, en el proceso de destitución que se lleva adelante contra el juez de Impugnación Enrique Pedicone. Los cuatro integrantes del Poder Judicial fueron ofrecidos como “prueba testimonial” por la defensa.
El miércoles pasado, el jury rechazó un conjunto de evidencias que los abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig ofrecieron producir para rebatir cargos de la acusación, formulada la comisión de Juicio Político de la Legislatura. En materia instrumental fue considerado “no pertinente” que el Jurado de Enjuiciamiento reciba los audios con los que el juez sostiene en Tribunales su denuncia contra el vocal de la Corte Daniel Leiva por presunto tráfico de influencias, coacción y violación de los deberes de su cargo.
De igual manera, los jurados declararon la “impertinencia” de convocar como testigos, entre otros, a los empleados de la Cámara Penal de Apelaciones (es una estructura del Código Procesal Penal vigente hasta el pasado 31 de agosto -Ley 6.203-).
En contraste, el jury aceptó otras “pruebas testimoniales”. Uno de los cargos que enfrenta el ex camarista penal consiste en que, presuntamente, habría actuado sin competencia en la causa “Bravo”. El fuero penal, incluyendo la Cámara Penal de Apelaciones que integraba Pedicone, se encontraba de “miniferia” durante la segunda mitad de agosto. El magistrado solicitó a la Corte que le permitiera trabajar durante el receso, autorización que fue denegada el 20 de agosto mediante la acordada 730. El día anterior, el juez había dictaminado el cese de prisión preventiva para Ángel Alfredo Sacarías Bravo, imputado de supuestas amenazas de muerte agravadas por el uso de un arma.
Esa situación es el corazón de dos planteos de destitución presentados contra Pedicone: el del abogado Carlos María Gallardo, y el de la abogada Ingrid Lausberg, querellante de las víctimas del caso “Bravo”.
Al respecto, Pedicone sostuvo dos cuestiones en su defensa, leída el lunes pasado ante el jury. La primera, de fondo, es que la comisión de Juicio Político confunde los conceptos de “competencia” y de “jurisdicción” con los de “funciones judiciales”. Él reivindica ser competente para entender en las resoluciones de los jueces penales inferiores de toda la provincia, porque a esa competencia y a esa jurisdicción se la otorgan el Código Procesal Penal y la Ley Orgánica de Tribunales.
Que estuviera alcanzado por la “miniferia” tiene que ver -argumentaron Ahumada y Battig- con las funciones judiciales, sobre las que sí puede disponer la Corte. Pero -y ese es planteo de forma-, Pedicone sostiene que tanto él como su entonces par en la Cámara Penal de Apelaciones, Eudoro Albo, fueron “invitados” a trabajar durante el receso, por el volumen de trabajo que debía atenderse. En su caso, sostiene que fue Leiva, a través del relator Andrés Garmendia, quien lo instó a prestar funciones. Afirma que por ello tramitó la autorización y que por ese motivo la presidenta de la Corte, Claudia Sbdar, y el vocal Daniel Posse, votaron en disidencia en la Acordada 730, primero, y en la 782, después, por la cual el ex camarista fue sancionado con un apercibimiento el 27 de agosto. Ambas medidas fueron refrendadas por Leiva, Antonio Estofán y Eleonora Rodríguez Campos.
Justamente, el ex camarista Albo y el relator Garmendia son dos de los testigos ofrecidos que deberán declarar en el jury.
Los otros dos son la secretaria de Superintendencia de la Corte, María Gabriela Blanco, y el secretario de la ex Cámara Penal de Apelaciones, Fernando Valladares. (Se informa por separado)
Para declarar acerca del cargo sobre la presunta actuación sin competencia de Pedicone, sus defensores ofrecieron, también, la testimonial del jurista porteño Alberto Bínder, doctor en derecho de la UBA y uno de los “ideólogos” del nuevo Código Procesal Penal de la provincia (Ley 8.933). Pero el jury consideró “no pertinente” su comparecencia.
Testimonios de abogados: declararán Julieta Jorrat y Álvaro Zelarayán
Dos abogados cuya palabra es ofrecida como prueba por la defensa de Enrique Pedicone fueron admitidos como testigos por el Jurado de Enjuiciamiento, en el marco de la acusación de que el ex camarista no permitía a las víctimas de delitos intervenir en los casos que tramitaba. Son la letrada Julieta Jorrat, por la causa “Vázquez, Franco E. y otro sobre homicidio agravado” (la víctima es José María Concha); y el abogado Álvaro Ricardo Zelarayán, por las causas “Carrizo Albo, Nicolás sobre tentativa de homicidio (la víctima es Lucas Emanuel Mayer, quien presentó un pedido de remoción contra Pedicone) y “Valdez, Franco Alejandro sobre homicidio” (la víctima es Valentín Villegas).
La polémica por un acta: Valladares dio fe, pero luego se retractó
El secretario Fernando Valladares tuvo una actuación nada menor en el marco de la denuncia del juez Enrique Pedicone contra el vocal de la Corte Daniel Leiva. El actuario firmó un acta, el 28 de julio, en la que da fe de que el miembro del alto tribunal llamó al ex camarista para tomar un café en el bar Ohana. Según Pedicone, allí grabó a Leiva cuando, presuntamente, le pedía que “maneje la intensidad” de una causa contra el legislador Ricardo Bussi. Pedicone ofreció el acta como prueba en su denuncia del 1 de septiembre. Pero el 4, Valladares declaró ante la Justicia que nunca tuvo acceso a los audios, que escribió lo que Pedicone le dictó y que actuó por “temor reverencial”.