Especialistas, entre las que se encuentran integrantes del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, aseguraron que las mujeres con causas penales en curso por abortos practicados dentro de las 14 semanas del proceso gestacional deberán ser sobreseídas automáticamente, a penas entre en vigencia la flamante ley 27.610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).
La abogada feminista Soledad Deza explicó a Télam que las mujeres con causas abiertas por aborto dentro del primer trimestre de gestación "inmediatamente debieran quedar sobreseídas".
"No es lo mismo que se archive la causa, hay que sobreseerlas", enfatizó la profesional, que fue abogada de mujeres que pasaron por esta situación, como Belén, la joven tucumana que estuvo presa por un aborto espontáneo y de quien Deza logró la libertad y el sobreseimiento.
Voceras del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad (MGyD) coincidieron con la abogada. "Siempre que los abortos sean compatibles con lo que se estipula ahora en la ley (antes de la semana 14 e inclusive), juezas y jueces que intervienen en esas causas tienen que actuar de oficio, es decir, no lo tiene que pedir nadie, y deben aplicar la ley penal más benigna, que es la nueva ley donde ya no es delito cometer un aborto antes de la semana 14", detallaron.
En mismo sentido una funcionaria del Ministerio Público Fiscal dijo a BaeNegocios: "En esos casos no debería haber dudas". .
Desde el MGyD aclararon que la ley se aplica "a las causas en curso, donde hay personas imputadas por cometer, consentir o realizar un aborto, y también en aquellas donde ya se condenó a las personas".
Deza, profesora de Feminismos Jurídicos de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Tucumán, integrante de la Fundación Mujeres X Mujeres y de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, insistió en el sobreseimiento.
"Las causas se archivan si no hay sobreseimiento y el prontuario queda abierto. Entonces las mujeres no obtienen, por ejemplo, un certificado de buena conducta para acceder a empleos", destacó.
Sin aborto legal en Argentina, hoy en día 1.532 mujeres afrontan causas penales por aborto y 37 por eventos obstétricos criminalizados en 17 provincias argentinas, de acuerdo a un informe actualizado y presentado ayer por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).
Desde la ONG Mujeres X Mujeres, Deza, junto a Alejandra Iriarte y Mariana Álvarez, publicó Jaque a la Reina, un libro que investiga la criminalización del aborto en Tucumán, entre los años 2013 y 2019, una experiencia inédita en el país que actualizarán para 2021.
En la investigación relevaron 534 causas de abortos "y sólo un 1% de sobreseimientos", señaló la profesional tucumana.
Sin embargo, no hay datos oficiales sobre la cantidad de mujeres criminalizadas por aborto en el país, por lo que los aportes vienen desde las ONG como en el caso tucumano.
En qué casos el aborto es punible
En relación a quienes están procesadas en este contexto, Deza explicó que al haberse disminuido la pena en la nueva ley de IVE "hay muchas que deberían obtener el sobreseimiento" porque la nueva norma modifica el artículo 85 del Código Penal.
La nueva redacción establece que "el o la que causare un aborto será reprimido: 1º) Con prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años, si obrare sin consentimiento de la persona gestante. Esta pena podrá elevarse hasta QUINCE (15) años si el hecho fuere seguido de la muerte de la persona gestante. 2º) Con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año, si obrare con consentimiento de la persona gestante, luego de la semana CATORCE (14) de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86".
Para la abogada "es improbable que el Estado actúe de oficio, que los sobreseimientos sean automáticos, así que las y los defensores y activistas tendremos que ocuparnos".
Una vez publicada en el Boletín Oficial, la ley entrará en vigencia al octavo día.