Tacacho inició la segunda causa 77 días antes de que Reinoso Cuello archivara la primera

El 21 de junio de 2016, la víctima denunció que Parada Parejas, su femicida, violaba la restricción de acercamiento impuesta un mes antes.

VICTIMARIO. Parada Parejas en una guardia: foto de la primera causa. VICTIMARIO. Parada Parejas en una guardia: foto de la primera causa.

La segunda causa “Tacacho” comenzó dos meses y medio antes de que concluyera la primera. El 21 de junio de 2016, Paola Tacacho, la víctima del femicidio cometido el 30 de octubre de 2020, regresó a la Comisaría I° de esta capital para denunciar que su agresor, Mauricio Parada Parejas, había violado la orden de restricción de acercamiento impuesta un mes antes por pedido de Adriana Reinoso Cuello, entonces titular de la Fiscalía N°6 de esta ciudad. Aquella nueva acusación pasó inadvertida para el proceso que estaba en trámite y que la fiscala Reinoso Cuello archivó sin investigar a Parada Parejas 77 días después, el 5 de septiembre de 2016, con el argumento de que los hechos “no configuraban delitos”.

La segunda causa lleva el número 34.121/16, y es la más conocida de las 13 que instó en el fuero penal (14 en total) la víctima porque en ella intervino el juez Juan Francisco Pisa para impedir el juzgamiento de la desobediencia judicial imputada a Parada Parejas y sobreseerlo. Las actuaciones a las que tuvo acceso LA GACETA forman parte de las copias que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán solicita infructuosamente al Ministerio Público Fiscal desde noviembre: en el ámbito de esa auditoría, se determinaron anomalías en otras causas similares a cargo de Pisa y que este había declarado la inocencia de Parada Parejas, quien en ese momento ya acumulaba cuatro denuncias por los mismos hechos, sin actualizar un informe acerca de sus antecedentes penales (se informa por separado). El 26 de febrero, y luego de que el gobernador Juan Manzur y la ministra Carolina Vargas Aignasse provocaran la suspensión de los pedidos de destitución formulados contra Pisa en virtud de su actuación en el caso “Tacacho”, el órgano de los fiscales que encabeza Edmundo Jiménez (con licencia) manifestó en un comunicado sin firma que la información requerida por el alto tribunal era “de interés exclusivo de la víctima”.

“Hoy como a las 17.45 aproximadamente, mientras me dirigía de mi trabajo a mi domicilio, observé que el ciudadano Parada Parejas circulaba por la vereda de mi casa. Me sentí muy intimidada y perturbada ya que este tiene una orden de restricción de acercamiento requerida por la Fiscalía N°6 que rige desde el 27 de mayo”, refirió Tacacho en la Comisaría I°. La profesora de Inglés añadió que las transgresiones habían empezado antes: “pese a la medida, el 1 de junio de 2016, Parada Parejas estaba sentado en la vereda al lado de mi trabajo como siempre, lo que hizo que yo llamara al 911: cuando la Policía llegó, él ya se había ido. Quiero destacar que él conoce mis horarios laborales y no me parece casualidad que justo se encuentre por las inmediaciones de mi domicilio. Hice dos denuncias previas y él aún no depone su actitud. Hace un año que empezó acosándome con mensajes de Facebook; me deja cartas; me espera, y me molesta e intimida. Los sábados entre las 15 y las 17 me toca el timbre, y sale corriendo por lo que tengo que desconectar el portero: quiero que se tomen las medidas necesarias para frenar el delito cometido en mi contra”.

FACSÍMIL DE LA DENUNCIA POLICIAL. El relato que Paola Tacacho hizo en la Comisaría I° el 26 de junio de 2016.  FACSÍMIL DE LA DENUNCIA POLICIAL. El relato que Paola Tacacho hizo en la Comisaría I° el 26 de junio de 2016.

Las agresiones no sólo no cesaron, sino que siguieron repitiéndose hasta que Parada Parejas apuñaló a la víctima en la vía pública y, luego, se quitó la vida. Todo sucedió en Barrio Norte, en las mismas cuadras en las que se encontraban Tacacho y su victimario. Las denuncias y pedidos de auxilio se enredaron en el laberinto judicial. Del análisis del expediente 34.121/16 surgen los siguientes hallazgos: 1) que luego de que la joven advirtiera que el agresor no cumplía la medida de protección, el fiscal Diego López Ávila y su colega Carmen Reuter se inhibieron sucesivamente: nadie reparó en el hecho de que Reinoso Cuello había actuado antes y seguía haciéndolo en ese momento; 2) que así y todo, y a continuación de la intervención del fiscal Alejandro Noguera, López Ávila llegó a requerir el juzgamiento de Parada Parejas 16 días después de que Reinoso Cuello archivara el primer expediente, y 3) que Pisa declaró la inocencia del imputado con el argumento de que el testigo citado para corroborar la denuncia, Marcelo Alejandro Rodríguez (un amigo de la docente), no recordaba la hora o las circunstancias en la que había visto merodeando al acusado (se informa por separado).

La lectura del expediente pone en entredicho, además, la versión que dio Pisa a los legisladores que debían resolver si promovían su expulsión: el aún juez expresó que nunca se había presentado a Tacacho como “una mujer vulnerable víctima de violencia de género” y que la administración pública era la ofendida por el delito investigado en este proceso (se informa por separado). En el requerimiento de juzgamiento rubricado el 21 de septiembre, López Ávila dijo que la víctima había ratificado su denuncia de junio en la Fiscalía N°4 y aportado evidencias. El fiscal añadió que Tacacho sufría “un constante hostigamiento” por parte de Parada Parejas: “este fue notificado el 27 de mayo de la cautelar que lo obligaba a alejarse de la víctima y, pese a ello, se presentó en el domicilio laboral de aquella el 1 de junio y el 26, en su domicilio particular. Se corroboró la debida comunicación de la restricción de acercamiento (dispuesta por el juez Alejandro Tomas) y su desobediencia no sólo por la denuncia, sino también por el testimonio del señor Rodríguez”.

Tacacho inició la segunda causa 77 días antes de que Reinoso Cuello archivara la primera

El 3 de octubre, el defensor de Parada Parejas, Andrés Robles, expresó que el fiscal no había “realizado ninguna medida probatoria con el objeto de investigar la verdad real”. El abogado agregó: “un elemento concluyente de la inocencia de mi cliente es el hecho de que este reside en la calle Monteagudo 852 de esta ciudad, a sólo cuatro cuadras del domicilio de la víctima. Es decir, que mi mandante, al ser vecino de la zona, tiene necesidad de trasladarse por allí”. Robles impugnó precisamente que no se haya indicado el horario preciso de una de las transgresiones a la prohibición de acercamiento: “ello imposibilita el relato del hecho con sus circunstancias de tiempo, lugar y modo. Piénsese qué fácil y oportuno habría sido para la Fiscalía N°4 requerir las filmaciones de seguridad del colegio (en el que trabajaba Tacacho) a los fines de determinar si Parada Parejas estuvo ahí en la fecha indicada”. Ocho meses más tarde, el 5 de junio de 2017, Pisa hizo lugar a la oposición de la defensa y sobreseyó a Parada Parejas.

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