La Justicia hizo lugar a las denuncias contra la reelección de "Chiqui" Tapia en la AFA

Desde la AFA tienen seis días hábiles para hacer su descargo por las presuntas irregularidades en la Asamblea de mayo pasado.

GESTO. Tapia recibió apoyo para seguir al frente de la AFA. GESTO. Tapia recibió apoyo para seguir al frente de la AFA.
01 Abril 2021

La Inspección General de Justicia (IGJ) hizo lugar a las denuncias por presuntas irregularidades en la Asamblea General, que se realizó en mayo del año pasado de manera virtual, y que facilitó la reelección de Claudio Tapia como presidente de la Asociación del Fútbol Argentino. “Chiqui” tendrá seis días para presentar su descargo.

Desde hace semana que se sabía que la continuidad de Tapia dependía de la decisión política de la IGJ. En caso de comprobarse que hubo irregularidades en la Asamblea General, podría ser anulada y debería volver a votarse, entre todos los candidatos que quieran presentarse.

Esta semana “Chiqui” cumplió cuatro años de mandato y que fue reelecto hasta 2025

San Martín y Nueva Chicago son los dos clubes que presentaron objeciones sobre la Asamblea virtual del 19 de mayo pasado, donde se aprobó el nuevo mandato de Tapia por “aclamación”.

Uno de los fundamentos de la denuncia, según publicó TN.com, es que el Comité Ejecutivo de la AFA, que preside Tapia, no especificó en la convocatoria a la Asamblea cómo se conectarían los representantes de los clubes y que los delegados no dejaron constancia de haber recibido la convocatoria, tal como exige la resolución de la IGJ que permitió la realización de asambleas remotas durante la pandemia.

También advierte que en el acta de la Asamblea no se detallan los miembros ausentes, un requisito formal consagrado por el artículo 42 del reglamento general de la AFA, y que no hay tampoco ninguna mención al cumplimiento del Código Electoral de la AFA, tal como lo requiere el artículo 28 de su estatuto.

Como último fundamento, se remarca que “no surge del acta de la Asamblea ninguna descripción de la modalidad bajo la cual se adoptó la decisión de pasar a votación por aclamación ni la cantidad de votos con la cual se configuró la mayoría absoluta”.

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