Las siete nuevas restricciones que ya rigen en Tucumán por la segunda ola de coronavirus

La provincia superó los 1.600 fallecimientos y se aproxima a los 90.000 contagios desde que se desató la crisis sanitaria.

NO SE PODRÁ CIRCULAR DE 0 A 6. Foto: Archivo LA GACETA NO SE PODRÁ CIRCULAR DE 0 A 6. Foto: Archivo LA GACETA
10 Abril 2021

A partir de hoy rigen en Tucumán las restricciones sanitarias dispuestas por el Gobierno provincial para afrontar la segunda ola de la pandemia de coronavirus.

Las medidas fueron implementadas en línea con lo dispuesto por la Nación a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU), dictado en momentos en el que la Argentina registra cifras alarmantes de contagios y de muertes por covid-19.

Hoy, el Sistema Provincial de Salud (Siprosa) reportó cinco nuevas muertes en Tucumán, que ya superó los 1.600 decesos producto del coronavirus desde que se desató la crisis sanitaria.

Además, se registraron 771 nuevos contagios, con lo que la provincia se aproxima a los 90.000 pacientes infectados por el virus a lo largo de la pandemia (casi 81.000 recibieron el alta).

¿Cuáles son las medidas comunicadas por el Gobierno provincial para tratar de reducir el impacto de la pandemia?

1) Se restringe la circulación nocturna entre las 0 y las 6. Sólo podrán transitar los ciudadanos que cuenten con el Certificado Único Habilitante para la Circulación. Se puede tramitar a través del sitio del COE provincial (hacé clic acá) o de la web de la Nación (hacé clic acá), según corresponda por la actividad.

2) Se suspenden las actividades y reuniones sociales en casas e inmuebles particulares, en todo horario y cualquiera sea el número de personas.

3) Se suspenden las actividades y reuniones sociales en espacios públicos al aire libre con más de 20 personas.

4) Se suspenden las actividades deportivas recreativas para más de 10 personas en espacios cerrados

5) Los bingos, los casinos, las discotecas y los salones de fiestas deberán permanecer cerrados hasta el 30 abril.

6) Los establecimientos destinados a eventos culturales (como cines y teatros), sociales, gastronómicos, religiosos y recreativos (incluidos los gimnasios) sólo pueden trabajar con el 30% de su capacidad en ambientes cerrados.

7) Los encargados de actividades culturales, sociales, recreativas (incluye gimnasios) y religiosas deben garantizar el distanciamiento interpersonal de 2 metros. Esta medida también alcanza a los gastronómicos, con la excepción de los grupos convivientes (están habilitadas hasta cuatro personas por mesa).

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