El mismo día que el presidente Alberto Fernández anunció más restricciones en el Área Metropolitana de Buenos Aires, con el fin de reducir el impacto de la segunda ola de contagios, el gobierno de Catamarca dispuso la implementación de la Etapa Roja de “Aislamiento Estricto” en todo el territorio provincial.
Hasta el 28 de abril, en la provincia vecina estarán suspendidas las clases presenciales en los establecimientos educativos, debido al aumento de casos positivos de coronavirus en la provincia. Además estará prohibida la circulación entre las 20.30 y las 6 del día siguiente, excepto los trabajadores esenciales.
Desde que se inició la pandemia es la sexta etapa "dura" que atraviesa Catamarca. Las nuevas medidas restrictivas comenzaron a regir desde las 0 de hoy jueves 15 de abril.
"La medida se toma en atención a la situación epidemiológica local, tras el análisis de la Comisión Sanitaria COVID-19 y de acuerdo a la curva ascendente de casos. La decisión está alineada con la charla que mantuviera el gobernador Raúl Jalil con sus pares que integran el Norte Grande, donde consensuaron llevar adelante medidas en la región", explicaron desde el Gobierno a los medios locales.
A su vez, se suspendió "la actividad presencial en la Administración Pública Provincial, salvo para aquellos agentes públicos convocados para garantizar actividades necesarias requeridas por las autoridades superiores, en tanto que el resto deberán prestar servicios con la modalidad de trabajo remoto".
Las actividades permitidas durante el aislamiento estricto en la provincia serán: las desarrolladas por el personal de las Fuerzas de Seguridad, Defensa Civil, Bomberos, empleados de la Obra Social de los Empleados Públicos, Administración Nacional de la Seguridad Social e Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados.
También estarán habilitadas para trabajar los servicios de comunicación audiovisual, radiales y gráficos; la actividad Bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos, servicios de cajeros automáticos y transporte de caudales; las actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y la actividad industrial.
Asimismo, lo podrán hacer personal afectado a la obra pública y servicios de agua y energía, recolección, transporte y tratamiento de residuos, la actividad minera; servicios postales, distribución de paquetería y transporte de mercaderías.
Por su parte, también está habilitada la atención de profesionales con turno previo; de carácter urgente o en el supuesto de seguimiento de enfermedades crónicas, hasta las 20, los laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imágenes, con turno previo hasta el mismo horario y las profesiones liberales con turnos hasta las 20.
El comercio en general podrá trabajar hasta las 20, al igual que supermercados, en tanto que los comercios de cercanía lo podrán hacer hasta las 22 y la gastronomía por delivery hasta las 24.
A su vez, la actividad física recreativa podrá realizarse en forma individual o hasta tres personas al aire libre hasta las 20, al igual que gimnasios.
Finalmente, los locales gastronómicos y afines: al aire libre con el 70% de su capacidad y espacios cerrados con el 30% de su capacidad hasta las 20.