Dólar ahorro: vence el plazo para pedir las devoluciones por compras con tarjeta

Hoy será el último día para quienes tienen el número de CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3.

AFIP. LA GACETA/ ARCHIVO AFIP. LA GACETA/ ARCHIVO
10 Agosto 2021

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) ratificó el vencimiento de los impuestos a las Ganancias, Bienes personales y Cedular.Además, el organismo descartó que haya más prórrogas. 

Hoy será el último día para quienes tienen el número de CUIT terminado en 0, 1, 2 y 3 de realizar la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales. El miércoles será el turno para los que finalizan en 4, 5 y 6 y el jueves para los que terminan en 7, 8 y 9. Luego de la presentación se deberá pagar.

En septiembre de 2020, los contribuyentes pagaron a cuenta por lo que será menor el monto que deberán abonar ahora en concepto de Impuesto a las Ganancias o Bienes Personales. Además, vence el plazo para pedir la devolución de las retenciones del 35% de las compras efectuadas de dólar ahorro y tarjeta, tanto con débito como de crédito.

¿Cómo hacer el pedido?

El trámite de la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro se realiza a través de la web de la AFIP y está habilitado tanto para los monotributistas como para los trabajadores en relación de dependencia. La devolución del impuesto corresponde al recargo del 35% que se aplica sobre las compras de dólar ahorro o los gastos abonados en moneda extranjeras con tarjeta.

¿Cuáles son los períodos comprendidos para la devolución?

Son aquellos consumos realizados entre el 16 de septiembre, cuando entró en vigencia el impuesto, y el 31 de diciembre de 2020. Estas transacciones, son sobre las que se puede solicitar la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro. Se incluye no solo a las compras realizadas en el exterior, sino también a pagos de abonos o servicios en dólares, como son el caso de Netflix o Spotify, y gastos en pasajes para viajar fuera del país, entre otros. 

¿Cómo pedir la devolución para quienes pagan Ganancias?

Las personas que pagan Ganancias recién pueden solicitar la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro cuando completen la declaración anual de Ganancias, en marzo. Y la la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro se concretaría junto con el resto de los reintegros, como los correspondientes a las prepagas y a las empleadas domésticas, entre otras, junto con el pago del sueldo de abril.

¿Y los empleados en relación de depedencia?

En efecto, la AFIP habilitó la posibilidad de que los empleados en relación de dependencia inscriptos en Ganancias pidan la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro . Abarca también las suscripciones a servicios como Netflix y Spotify y la compra de pasajes para viajar fuera del país.

¿Dónde efectuar el trámite en la web?

Con el refuerzo del cepo cambiario se estableció un recargo adicional sobre la compra del dólar ahorro y los gastos con tarjeta en moneda extranjera. Al 30% que ya existía por el impuesto PAIS se le agregó una retención del 35% a cuenta de Ganancias. Para solicitar la devolución del impuesto sobre el dólar ahorro, los empleados deben ingresar al sitio de la AFIP con su clave fiscal e ir al servicio SIRADIG-Trabajador, que es el sistema de registro y actualizaciones de deducciones del impuesto a las ganancias.

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