Ante la proximidad de las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) y el contexto de pandemia en las que se darán, hay nuevas reglas para votar y también excepciones para no hacerlo.
Si bien el voto es "obligatorio" según la Constitución Nacional, hay situaciones en las que se puede justificar la falta del sufragio: por motivos de fuerza mayor se está lejos del lugar donde se debería emitir el voto y por enfermedad. Ambas razones necesitan de un certificado que lo acredite y debe ser presentado antes de los 60 días pasados la elección.
Para esto, se puede solicitar la justificación en la comisaría más cercana para probar que se estaba a más de 500 kilómetros o puede ser un certificado médico.
Este año, el coronavirus también es un nuevo motivo por el cual decidir no votar sin perjuicio. La Cámara Nacional Electoral ahora exceptuó de votar a quienes tengan covid-19, los que sean caso sospechoso por presentar síntomas, los que sean contacto estrecho de un caso positivo y a las personas que por ser grupo de riesgo tengan indicación médica de no ir a votar. Siempre se deberá acompañar un certificado que lo acredite.
No obstante, si desean votar igual, pueden hacerlo sin impedimentos, con el compromiso de que las autoridades garanticen condiciones sanitarias según los protocolos.
Además, quienes se encuentren trabajando, tienen el derecho de pedirle a sus empleadores un permiso para ir a emitir su voto y sin descuentos sobre su salario por ello.
También pueden elegir si votar o no quienes tengan 16 o 17 años y los mayores de 70.
Los que no puedan acreditar la ausencia por motivos razonables o de salud, deberán pagar una multa de $50 por las PASO del 12 de septiembre y de $100 por las elecciones generales del 14 de noviembre. De no pagarlas, serán infractores que no podrán ejercer un cargo público ni obtener un pasaporte por un año, entre otros trámites.