Migrantes: violencia de género, vulnerabilidad económica y discriminación

La jueza Brand falló en favor de una familia boliviana que no recibía contención estatal. “El Estado no llegó a este hogar”, dijo

VALERIA BRAND. “No tienen agua, sanitarios ni gas”, contó  VALERIA BRAND. “No tienen agua, sanitarios ni gas”, contó
11 Abril 2022

A partir de una denuncia por violencia de género, la jueza Valeria Judith Brand visibilizó la historia de una familia migrante que se encontraba en condiciones de extrema vulnerabilidad. Una sentencia judicial ordenó restituir y garantizar los derechos a este grupo extranjero.

El caso llegó a la Justicia a través de una denuncia de una mujer en contra de su pareja, señalando padecer violencia verbal, simbólica, económica y psicológica de manera permanente.

La jueza subrogante del Juzgado de Familia de la Cuarta Nominación fue más allá del reclamo y descubrió que, además de ser víctimas de violencia familiar y de género, la señora y sus hijos pertenecen a una minoría étnica y lingüística que vive por debajo de la línea de indigencia.

Busca de oportunidades

“Se trata de una familia migrante que por cuestiones de pobreza estructural tuvieron que migrar a la Argentina entendiendo que aquí encontrarían mejores oportunidades de trabajo”, dijo Brand sobre el grupo proveniente de la localidad de Tocopalca, Bolivia, que habita en la provincia de Tucumán.

“Las condiciones laborales, tanto del jefe de familia como de su pareja, siempre fueron en negro e irregulares, aun cuando algunos de ellos cuentan con documentos nacionales”, añadió la magistrada.

El grupo familiar está compuesto por madre, padre e hijos -niños y adolescentes-, además de una persona mayor, la abuela de los niños. La familia emigró a la Argentina en busca de mejores oportunidades de vida hace más de cinco años.

“Vivieron siempre afincados en un terreno que alquilan y donde les permiten colocar sus casillas. No cuentan con servicio de agua potable, sanitarios, ni gas”, relató Brand, que junto al secretario Facundo Joaquín Díaz y personal del Ministerio Público de la Defensa, fue al domicilio para tomar una audiencia y tener contacto directo con la realidad de la familia.

“Las barreras culturales son muy marcadas ya que hay miembros de ambos grupos que sólo hablan un dialecto de una lengua derivada de la que utilizan los Qom, utilizada por muy pocas personas en nuestro país”, contó. Para comunicarse con esta familia, hizo falta la asistencia de un intérprete cultural y facilitador de la lengua quechua en su variante Potosí. En el lugar, registraron las condiciones en las que se encontraba la vivienda y adjuntaron las fotografías a la sentencia y a las comunicaciones dirigidas a los organismos estatales.

Por su parte, en el informe interdisciplinario ordenado en la medida de protección, además de detallar la problemática, se evidencia que la familia percibía con miedo y recelo el abordaje estatal debido a que éste era llevado a cabo en forma desorganizada. “Vi, con mis propios ojos, que el Estado no llegó a este hogar”, aseguró la magistrada. Por este motivo, dispuso conformar una mesa de trabajo interinstitucional que presentó un plan de acción estructurado en distintos ejes: violencia de género, salud, alimentación/nutrición, habitacional, educativo, documentos y beneficios sociales.

Brand ordenó al Poder Ejecutivo provincial que adopte las medidas necesarias para restablecer el goce de los derechos y garantías que la Constitución nacional y los tratados y convenciones internacionales le reconocen. Dispuso que se edifique una casilla equipada con mobiliario y electrodomésticos y un baño de material con sanitarios y tendido cloacal; que se los incorpore al programa de la garrafa social; y que se les entregue módulos alimentarios semanales y vestimenta.

Atención de la salud

Además, ordenó que el Siprosa garantice el abordaje clínico integral de todos los miembros de la familia, de acuerdo a sus edades y condiciones de salud particulares. Por último, exhortó al Estado a formalizar la naturalización de los distintos integrantes de la familia que no cuentan con la nacionalidad argentina.

“Debe distinguirse la discriminación que sufren los migrantes y los grupos vulnerables en general. Sin dudas a partir del dictado de la sentencia, desde la Justicia se articuló un plan de monitoreo a fin de poder evaluar el cumplimiento y la continuidad de todo lo ordenado”, sostuvo la magistrada.

A partir de la detección de este caso, se puede abrir las puertas a otras familias extranjeras en situación de vulnerabilidad, pobreza y discriminación. En ese contexto, “resulta obligación de los poderes del Estado generar políticas públicas de detección y contención social”, dijo Brand.

Manifestó que es importante que el Poder Judicial colabore en los mecanismos que permitan detectar grupos vulnerables y articular la devolución de derechos fundamentales, en sintonía con los paradigmas actuales que establecen los tratados y convenciones internacionales a los que el país está adherido.

“El Poder Judicial hace años se encuentra comprometido en esa tarea y viene de modo sistemático trabajando en sentencias de corte exhortativo, como las de este caso, que posibilitan no sólo la visibilización de grupos vulnerables sino el restablecimiento de derechos fundamentales”, finalizó. (Producción periodística: Bárbara Nieva).

Tamaño texto
Comentarios
Comentarios