IFE 4: ANSES publicó las razones por las que se puede cancelar el pago del bono

ANSES reglamentó las “normas necesarias” para llevar adelante la supervisión y recupero de las “percepciones indebidas” correspondientes al bono de $18.000

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13 Mayo 2022

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) oficializó este jueves, las normas para la implementación, administración, otorgamiento, pago, control, supervisión y recuperó del bono IFE 4 del Refuerzo de Ingresos, aplicable en todos los beneficiarios que hayan violado alguno de los requisitos para acceder al pago de $18.000.

A través de la Resolución 115 firmada por Fernanda Raverta, titular del organismo previsional, la Dirección General de Diseño de Normas y Procesos comunicó las condiciones que serían evaluadas para definir su posterior sanción.

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"Apruébanse las normas necesarias para la administración, otorgamiento, pago, control, supervisión y recupero de percepciones indebidas del "REFUERZO DE INGRESOS", instituido por el Decreto N° 216/22 y reglamentado por la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE POLÍTICA ECONÓMICA y la SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 1/22", señala el texto publicado en el Boletín Oficial.

¿Cuáles son las condiciones que revisará ANSES para cobrar el Refuerzo de Ingresos?

ANSES confirmó que tras el pago del bono IFE 4, las y los monotributistas de las categorías A y B y trabajadores informes no registrados beneficiados, se verán sometidos a una instancia de revisión a partir de la información disponible que haya sido declarada en la evaluación socioeconómica y patrimonial.

imagen ilustrativa. Anses imagen ilustrativa. Anses

"La revisión respecto a los requisitos establecidos en la norma para percibir el "REFUERZO DE INGRESOS", se efectuará con la información disponible en las Bases de Datos que cuenta esta Administración, al momento de efectuar tal análisis", amplió.

¿Cómo se tendrá que devolver el Refuerzo de Ingresos?

ANSES anticipó que en aquellos casos en los que se determine que corresponde el recupero del bono IFE 4 percibido indebidamente, "se procederá a descontar los importes respectivos en forma mensual, compensándolos automáticamente con cualquier otro beneficio que le corresponda percibir a la persona titular/solicitante, hasta cubrir el total de la deuda".

"El Refuerzo de Ingresos será susceptible de descuentos únicamente por sumas indebidas correspondientes a prestaciones cuyos pagos se encuentran a cargo de esta Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)", detalla el punto 8 del anexo.

Además, la suma de descuento no podrá ser superior al 20% del valor neto a percibir por cada titular/solicitante, "una vez aplicados aquellos descuentos que, por disposición normativa, revistan un orden prioritario dentro del proceso de deducciones a emplear".

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