El Tribunal Oral en lo Federal N°6 condenó hoy a Emmanuel Carlos Ioselli, conocido como “Camus Hacker”, y su cómplice, Gastón Rubén Favale, a 10 y a 15 años de cárcel, respectivamente, por reclutar al menos a seis adolescentes para la producción de material pornográfico, entre abril de 2016 y el 8 de junio de 2018.
El tribunal, integrado por los magistrados Sabrina Namer, Néstor Costabel y Rodrigo Giménez Uriburu, condenó a los acusados como coautores del delito de trata de personas con fines de explotación configurada mediante la promoción, facilitación y comercialización de pornografía infantil, “agravado por haberse concretado dicha finalidad y por haber sido cometido mediante engaño y aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad de las víctimas”, todas ellas menores al momento de los hechos ocurridos entre 2018 y 2016, señala el fallo que reprodujo parcialmente Infobae.com.
En el caso de Favale, la condena fue más dura que la de “Camus Hacker”, porque, además de los cargos de trata y pornografía, fue hallado culpable de la violación de una de las menores. A Ioselli se le computó también una pena previa de tres años en suspenso, por amenazas, que había sido dictada por un tribunal porteño en 2016.
La acusación fue llevada adelante en el proceso por la fiscal Gabriela Baigún, que produjo la prueba en el juicio. En reemplazo de Baigún, las fiscales Alejandra Mángano (titular de la PROTEX, la investigadora original de la causa) y Jessica Racki habían pedido penas de 13 y 20 años para Ioselli y Favalle, a mediados de abril. También habían pedido una reparación económica para las víctimas, algo que fue concedido y que será implementado a través de la liquidación de dispositivos electrónicos incautados a los condenados, que fueron representados por defensores oficiales.