Jaldo quedó en condiciones de llamar a elecciones en Tucumán tras el último fallo judicial

La intención del Gobierno provincial es que los comicios provinciales se celebren en junio de 2023.

GOBERNADOR. Jaldo quedó en condiciones de dictar el decreto que convoca a las elecciones 2023, tras el reciente fallo del fuero contencioso administrativo / Foto de Prensa Gobernación (Archivo) GOBERNADOR. Jaldo quedó en condiciones de dictar el decreto que convoca a las elecciones 2023, tras el reciente fallo del fuero contencioso administrativo / Foto de Prensa Gobernación (Archivo)
05 Octubre 2022

La escena política de Tucumán se vio sacudida este miércoles, tras la confirmación de que las elecciones provinciales de 2023 están a la vuelta de la esquina por el fallo de la Cámara en lo Contencioso Administrativo favorable al Gobierno.

Sucede que los vocales María Florencia Casas y Juan Ricardo Acosta rechazaron los recursos de casación que impulsaban desde la oposición ante el planteo promovido por el Partido Justicialista (PJ-FdT) para lograr el adelantamiento de los comicios. 

Álvaro Contreras, apoderado del Partido de la Justicia Social (PJS) que lidera Germán Alfaro, explicaron que ahora sólo tienen el recurso de queja como herramienta para discutir ante la Corte Suprema de Tucumán la decisión de la Justicia provincial de habilitar las elecciones anticipadas.

"Sin embargo, la queja no tiene efecto suspensivo, por lo cual estaría abierta la posibilidad de la convocatoria (a las urnas)", advirtió el representante legal del PJS.

En la Casa de Gobierno se habla del 4 de junio como posible fecha para las elecciones a gobernador y vicegobernador, intendente, legisladores, concejales y comisionados rurales.

Sin embargo, todavía resta el decreto del titular del Poder Ejecutivo oficializando el llamado a la renovación de los cargos provinciales.

Las claves del proceso que habilita al Gobierno a adelantar las elecciones

Hace cuatro meses, el presidente del Concejo Deliberante de San Miguel de Tucumán, Fernando Arturo Juri, presentó en su carácter de secretario general del Partido Justicialista (PJ) una acción de amparo ante el fuero administrativo para solicitar que se declare la inconstitucionalidad de dos artículos de la Carta Magna de 2006.

Se trata de los apartados que ordenan la celebración de los comicios "dos meses antes" de la finalización de los mandatos, que se produce el 29 de octubre. Por ello, desde la última reforma constitucional, las elecciones provinciales se habían instituido en agosto.

Sin embargo, con el antecedente de 2019, cuando también se votó en junio, el PJ-Frente de Todos buscó repetir la estrategia de adelantar el llamado a las urnas.

A través de la sentencia 737, dictada el 26 de agosto pasado, la Sala I de la Cámara en lo Contencioso Administrativo dio la razón a la posición del oficialismo, pese a las objeciones de la oposición (el PJS, el PRO y el ex juez Enrique Pedicone habían sido incorporados a la causa como terceros interesados, pero sus planteos fueron rechazados).

Sin embargo, todavía restaba la instancia de Casación, aunque los rivales al PJ-FdT tampoco lograron prosperar por esta vía. Ahora, sólo les queda el recurso de queja ante la Corte Suprema de Tucumán.

"Si nos abrían la Casación, el efecto era suspensivo"

El apoderado del PJS advirtió que todavía está analizando el fallo dictado por la Sala I, aunque, tras una primera lectura, no podía "salir del asombro" y que no compartía "los términos" de la decisión judicial.

"Vamos a interponer el recurso de queja ante la Corte, porque entendemos que no es un debate que se pueda agotar en una instancia de Cámara", indicó Contreras a LA GACETA.

Advirtió luego que la herramienta de la queja "no tiene efecto suspensivo", por lo cual el Gobierno provincial quedó en condiciones de llamar a las urnas.

"Si nos abrían la Casación, en cambio, el efecto era suspensivo; entonces, no hubieran podido convocar a elecciones", explicó.

Además, reprochó que la Cámara "a simple vista, no entró en el fondo de la cuestión". "Se limita a decir que el recurso (de Casación) no se basta a sí mismo, y dicen que hemos repetido los argumentos de la demanda, cuando en realidad sí hemos atacado jurídicamente el argumento de que la cuestión haya sido declarada en abstracto (en la sentencia de fondo); la verdad, no esperábamos un rechazo por esta vía", enfatizó Contreras.

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