El partido CREO recurrió a la Corte de la Nación para frenar la candidatura de Manzur

La diputada Paula Omodeo elevó un planteo en el que se cuestiona el fallo de la CSJT que habilita al jefe de Gabinete a competir para vicegobernador.

REFERENTE DE CREO. La diputada Paula Omodeo brinda un discurso. Sebastián Murga observa desde el escenario. Foto de Twitter @CREOTucuman REFERENTE DE CREO. La diputada Paula Omodeo brinda un discurso. Sebastián Murga observa desde el escenario. Foto de Twitter @CREOTucuman
02 Diciembre 2022

El fallo mayoritario de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán (CSJT) que habilitó la candidatura del jefe de Gabinete Juan Manzur como vicegobernador de las elecciones de 2023 sumó un nuevo planteo ante el máximo tribunal del país.

La diputada nacional Paula Omodeo, en su carácter de apoderada legal del partido CREO, interpuso una acción declarativa de certeza -con el patrocinio del abogado Jorge José Giménez Lascano- ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), a los fines de que sea el órgano presidido por Horacio Rosatti el que exprese si Manzur está en condiciones de postularse a "vice", luego de haber sido electo y reelecto gobernador (permanece en uso de licencia en este cargo) en los comicios de 2015 y de 2019.

En paralelo, la integrante de la alianza Juntos por el Cambio (JxC) requirió a la CSJN que dicte una medida cautelar y ordene a la Junta Electoral Provincial (JEP) que "se abstenga de inscribir u oficializar la candidatura del señor Manzur al cargo de vicegobernador, hasta tanto se resuelva la presente cuestión".

El fallo que le permite a Manzur postularse a vicegobernador por el PJ en 2023

El miércoles pasado, a un mes y 10 días de su planteo original, la Corte Suprema de Justicia de Tucumán, con los votos de Daniel Leiva (presidente), Antonio Estofán y Eleonora Rodríguez Campos, hizo lugar a la acción de amparo promovida por Manzur -representado por Antonio Raed- en contra de la Provincia.

Uno de los argumentos centrales de la demanda giraba en torno a que, a criterio del funcionario de Alberto Fernández, la Carta Magna de 2006 presenta una "laguna" en su redacción respecto al caso del gobernador que, habiendo alcanzado el tope de dos mandatos consecutivos, pretende postularse a vicegobernador.

EN EL PJ-FRENTE DE TODOS. Juan Manzur, junto a Osvaldo Jaldo y a Rossana Chahla. Foto de Archivo @JuanManzurOK EN EL PJ-FRENTE DE TODOS. Juan Manzur, junto a Osvaldo Jaldo y a Rossana Chahla. Foto de Archivo @JuanManzurOK

El fallo mayoritario de la CSJT, tras el dictamen favorable -no vinculante- del Ministerio Público Fiscal, declaró que "de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 90 de la Constitución de Tucumán, el Gobernador que ha sido elegido en dos oportunidades consecutivas para tal función puede ser propuesto como candidato a, y eventualmente elegido como, Vicegobernador en el siguiente período”.

Este es uno de los puntos atacados en el planteo que formuló la diputada nacional Omodeo ante la Corte de la Nación.

"La contienda de 2023 no sería ni justa, ni limpia", advirtió Paula Omodeo

La representante de CREO -partido que postula a Sebastián Murga a la vicegobernación, en fórmula con Roberto Sánchez- advirtió que, "de acuerdo a la doctrina dominante, la acción declarativa de certeza tiene un fin preventivo, es decir, tiene por finalidad evitar que se produzca un daño a partir de la situación de incertidumbre".

Y se refirió al "peligro" de que, mediante una "interpretación contraria a los principios republicanos de gobierno" por parte de la Corte, se incluya "un competidor a la contienda electoral que no estaría habilitado para ello, que además cuenta con todo el aval de la estructura provincial".

EN CREO. La diputada Paula Omodeo y el candidato a vicegobernador Sebastián Murga. EN CREO. La diputada Paula Omodeo y el candidato a vicegobernador Sebastián Murga.

"De este modo la contienda de 2023 no sería ni justa, ni limpia. Lo que genera un perjuicio directo para los demás partidos políticos como CREO y a sus candidatos. No es democrático competir con quienes detenten ininterrumpidamente el poder, al margen del ordenamiento jurídico", enfatizó.

"No se verifica laguna legal": una interpretación que puede resultar clave

En este orden, señaló que la propia redacción del artículo 90 de la Constitución provincial "prohíbe de modo expreso que el Gobernador que fue elegido por dos períodos consecutivos sea candidato nuevamente a Gobernador ('no puede ser elegido nuevamente') o a Vicegobernador ('Lo mismo resulta de aplicación para el cargo de Vicegobernador')".

"No se verifica la laguna normativa referida en la demanda", reprochó la diputada nacional.

E indicó que "la interpretación propuesta en la demanda (por Manzur) conduciría a que se alterara el espíritu de la disposición contenida en el art. 90 de la Constitución Provincial -contrario a la reelección indefinida del Gobernador y del Vicegobernador-, pues permitiría que ambos se alternaran recíprocamente en el poder de manera indefinida".

En la presentación de 22 páginas, se remarcaron también los antecedentes de los casos "Santiago del Estero", "Río Negro" y "La Rioja", en los que la Corte de la Nación intercedió limitando las candidaturas de las autoridades salientes. 

Además, se señaló que la perspectiva expresada por el jefe de Gabinete "es contraria a las  convencionales del Pacto de San José de Costa Rica, de rango constitucional".

"La intención del señor Manzur de intentar forzar la interpretación del artículo 90 para que la Justicia tucumana lo autorice a hacer lo que la ley no manda, en violación de la Constitución, vulnera de manera directa con nuestra ley suprema y la jurisprudencia de la CSJN", añadió Omodeo.

"Existe una amenaza a las disposiciones de la Constitución Nacional"

En otro párrafo del planteo, la diputada nacional fundamentó las razones por las cuales la Corte de la Nación debe asumir la competencia originaria de la causa "Manzur".

"Existe cuestión federal cuando, como en el caso, se denuncia que existe una amenaza o lesión de expresas disposiciones de la Constitución Nacional que hacen a la esencia de la forma republicana de gobierno, por la normativa local o la interpretación que de estas se haga", remarcó.

Y destacó que, siguiendo la redacción de la Carta Magna argentina, "las provincias deben adecuar sus instituciones y la selección de sus autoridades al régimen republicano; y en materia de cargos ejecutivos, tanto a nivel nacional como subnacional, la periodicidad de los mandatos como principio republicano es la regla".

"Así pues, no puede verse en la intervención de la Corte una intromisión ni un avasallamiento de las autonomías provinciales, sino que por el contrario, tiene la obligación de procurar la perfección de su funcionamiento", sostuvo Omodeo.

EN LA BANCA. La diputada Paula Omodeo, aliada al espacio Juntos por el Cambio. EN LA BANCA. La diputada Paula Omodeo, aliada al espacio Juntos por el Cambio.

En paralelo al escrito judicial, la referente de CREO había expresado a través de sus redes sociales su rechazo a la postulación de Manzur para vicegobernador en 2023. 

"Presentamos un acción ante la Corte Suprema de la Nación. Debemos hacer cumplir la Constitución; para eso nacimos y esa es mi obligación como diputada de los tucumanos, ser la voz de los que estamos cansados del atropello y las trampas", expresó Omodeo. 

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