"Voto joven" en Tucumán: Cómo funciona y su posible impacto en el resultado final

Por segunda vez en la historia, los adolescentes de 16 y 17 años estarán habilitados a sufragar en los comicios provinciales.

VOTO JOVEN / FOTO DE ARCHIVO LA GACETA VOTO JOVEN / FOTO DE ARCHIVO LA GACETA
17 Abril 2023

Representan un pequeño porcentaje del total de electores. Sin embargo, su voluntad puede ser determinante para todos los cargos ejecutivos y legislativos en disputa. Por segunda vez en la historia de las elecciones de Tucumán, el 14 de mayo regirá la “Ley de Voto Joven”, que habilita el sufragio optativo entre ciudadanos y ciudadanas de 16 y 17 años.

En la Junta Electoral Provincial (JEP) todavía no cuentan con las cifras definitivas, dado que no se han discriminado las categorías etarias del padrón definitivo. Sin embargo, explicaron que se toma como base los registros de la Cámara Nacional Electoral (CNE), que luego se actualizan y se modifican -agregando y excluyendo nombres y apellidos- a partir de los reclamos efectuados por los y las votantes durante la exhibición del padrón provisorio.

Así, los datos de las elecciones nacionales de 2021 pueden servir como parámetro del impacto que tendrá la Ley de Voto Joven en Tucumán.

En las últimas intermedias, se habilitó a sufragar a 26.906 adolescentes de 16 y 17 años (13.114 mujeres y 13.792, hombres). El número representó el 2,12% del total del padrón general de Tucumán.

Si bien parece un porcentaje relativamente escaso, lo cierto es que en los comicios provinciales de 2019 sólo cuatro de las nueve fórmulas a gobernador y vice lograron superar aquella cifra.

Además, el último de los legisladores electos por la Capital obtuvo en esa oportunidad el 2,4% de los votos válidos de esa sección electoral, por lo que, en términos generales, el “voto joven” equivale prácticamente a una banca en el Poder Legislativo.

Qué establece el “voto joven”

El “voto joven” permitirá sufragar el 14 de mayo a las personas de 16 y 17 años que figuren en el padrón definitivo dispuesto por la Junta Electoral Provincial.

A través de la ley 8.532, impulsada por el oficialismo en 2012, se modificó el régimen electoral de Tucumán para incorporar a este grupo etario entre los ciudadanos y ciudadanas habilitados a participar de los comicios.

Tal como sucede con la normativa vigente a nivel nacional, los adolescentes de 16 y 17 no están obligados a ejercer este derecho, ya que fueron incorporados al grupo de personas exentas de sanciones (al igual que los mayores de 70 y los que se encuentren a más de 500 kilómetros del lugar donde deben votar, entre otros).

El origen de la normativa

El denominado “voto joven” se instauró a nivel nacional con la reforma de la Ley de Ciudadanía, en 2012 (ley número 26.774), que extendió el derecho a votar en las elecciones nacionales a los jóvenes de 16 y 17 años.

Si bien el Poder Legislativo aprobó poco después su propio proyecto, la aplicación de esta modificación se vio frustrada en los comicios de 2015, a partir de un planteo judicial formulado por el PRO. En principio, la Sala III de la Cámara en lo Contencioso Administrativo declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial, porque la Carta Magna local expresa taxativamente que se vota a partir de los 18 años. Sin embargo, la Corte de Tucumán habilitó al revisar la cuestión la implementación de esta norma. Como el fallo fue dictado apenas unas semanas antes de estas elecciones, no hubo tiempo para incluirlos en el padrón. Así, el “voto joven” debutó en las provinciales de 2019, con 23.400 habilitados por la JEP.

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