Condenaron a dos empresarios por contaminación de la cuenca Salí - Dulce

Es la tercera vez que se los juzgaba por el mismo delito

Condenaron a dos empresarios por contaminación de la cuenca Salí - Dulce

Dos empresarios fueron condenados por la Justicia Federal por la contaminación de cursos de agua en la cuenca Salí - Dulce, delito investigado mientras administraban el ingenio La Trinidad en el período comprendido entre 2007 y 2009. Fue el tercer juicio al que fueron sometidos los acusados, que habían sido absueltos en los anteriores, pero volvieron a sentarse en el banquillo ya que los representantes del Ministerio Público Fiscal (MPF) habían recurrido las sentencias, que fueron revocadas y anuladas en 2016 y 2019 por la Cámara Federal de Casación Penal.

En este caso, los miembros del Tribunal Oral en lo Criminal Oral Federal de Tucumán fueron María Noel Costa (presidenta), Abelardo Basbús y Enrique Bothamley, secretaría de Mariano García Zavalía.

Tras los testimonios, el fiscal general subrogante Pablo Camuña y la auxiliar fiscal Valentina García Salemi solicitaron la imposición de penas de cuatro años y cuatro años y 6 meses de prisión para los empresarios Luis Alberto Drube y Santiago Daniel Gasep, respectivamente, por contaminación con residuos peligrosos en el ambiente en general y de aguas fluviales. La fiscalía los acusó por haber vertido efluentes industriales sin tratamiento o con tratamiento deficiente en los ríos Medina/Chico y Gastona, integrantes de la cuenca Salí-Dulce, con incidencia en la provincia de Santiago del Estero, según el informe la página Fiscales.gob.

Camuña explicó cómo la numerosa prueba producida demostró, “nuevamente y sin dudas”, que los acusados contaminaron con vinaza y otros residuos el agua de los ríos que forman parte de la cuenca Sali-Dulce. Para la fiscalía se acreditó que los residuos industriales de La Trinidad (vinaza) eran residuos peligrosos y que para 2007 no eran debidamente tratados por parte del ingenio pese a la normativa y los planes de producción limpia y de reconversión suscriptos desde antes. Consideraron comprobado que para ese año esos efluentes peligrosos eran además conducidos por un canal a cielo abierto por distintas poblaciones y se volcaban a fincas vecinas y a una laguna de sacrificio que no cumplía con normas sobre seguridad e higiene. También precisó que tanto el canal como la laguna desbordaban y que esos vertidos terminaban en el río Chico o Medina, y que al menos una vez durante 2009 se volcó directamente al río Gastona. Ambos ríos forman parte de la cuenca Salí-Dulce y terminan su trayecto en el dique Frontal de Santiago del Estero. Camuña y Garcia Salemi destacaron que ambos imputados habían sido sancionados administrativamente en varias oportunidades, y que con su accionar doloso adulteraron y contaminaron el suelo, las aguas y el ambiente, con lo cual generaron un riesgo a la salud pública. 

A su vez, el defensor Arnaldo Ahumada pidió que tanto Drube como Gasep fueran absueltos.

Finalmente, los jueces decidieron condenar a ambos acusados a tres años de prisión de ejecución condicional más una multa de $ 100.000 para cada uno por la contaminación de los cursos de agua. En el mismo fallo rechazaron la pretensión de los representantes del Ministerio Público de que se investigara por los delitos de incumplimiento de deberes de funcionario público, omisión del deber de denunciar, tráfico de influencias y obstrucción a la justicia al secretario de Medioambiente de la provincia, Alfredo Montalbán, quien declaró durante las audiencias, aunque aclararon que las piezas procesales se encuentran a disposición de los acusadores en caso de que quieran profundizar esa investigación.

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