El Tribunal de Cuentas (TC) de la Provincia emitió el acuerdo 4.433, en el que advierte a Canal 10 por la “conducta omisa en cumplimentar con los requerimientos formulados” en el marco de la auditoría iniciada por pedido del gobernador, Osvaldo Jaldo.

El órgano de contralor dictó aquel instrumento luego de haber solicitado una serie de informes contables y administrativos a la Televisora de Tucumán Sociedad Anónima con Participación Estatal Mayoritaria (Sapem), luego de que el mandatario pidiera la apertura de dichas actuaciones para revisar los últimos balances, “a fin de proporcionar información a este Poder Ejecutivo, en resguardo del patrimonio público”.

Según el acuerdo 4.433, que lleva la firma del presidente Miguel Terraf y del conjuez Atilio Peluffo (intervino por la licencia de los vocales Sergio Díaz Ricci y Marcelo Vidal), el cuerpo de auditores designado por el TC pidió, a través de dos notas, distinta documentación a Canal 10.

El listado es extenso, e incluye toda la normativa de procedimiento interno; los balances de los períodos 2013 a 2023 (con su respaldo contable); el detalle de la totalidad de las cuentas bancarias y otro tipo de cuentas en bancos virtuales; la nómina de proveedores y clientes; el cuadro tarifario de publicidad; las declaraciones juradas impositivas y previsionales de 2023; y libro de accionistas; y copias de denuncias que se tramitan ante la Justicia Federal.

Según la resolución del ente de contralor, venció el primer plazo de 48 horas otorgado, “sin haber obtenido la instrumental e informes requeridos”, por lo que se otorgó “un plazo improrrogable de 24 horas”, que también caducó sin que los funcionarios del Tribunal de Cuentas reciban la documentación, según el acuerdo 4.433.

Además, a través de otras cuatro notas, los auditores instaron a Canal 10 a aportar datos relacionados a la programación (incluyendo un detalle de las producciones propias y externas); copias de las actuaciones relacionadas a dos causas penales tramitadas ante la Justicia Federal de Tucumán; inventarios de bienes de uso; y el listado completo de clientes.

El Tribunal de Cuentas efectuó un análisis de las actuaciones tramitadas hasta el momento, y consideró que se había registrado una “conducta omisa” para cumplir con lo solicitado, en especial, en las tres primeras notas de la auditoría. Por ello, el órgano de control recordó que, según el artículo 121 de la Ley de Administración Financiera, “todo funcionario o agente del sector público provincial y los terceros ajenos al mismo, sean organismos, instituciones y/o personas o sujetos privados a quienes se les haya confiado el cometido de recaudar, percibir, transferir, invertir, pagar, administrar o custodiar fondos, valores y otros bienes de pertenencia del Estado”, están sujetos a la jurisdicción del TC. Y recordaron que tal disposición alcanza también a las sociedades con participación del Estado, como Canal 10. Además, el ente de control incluyó un párrafo de la nota enviada por Jaldo para solicitar la apertura de la auditoría. Por último, reiteró el pedido para que se cumpla con lo expresado en las notas de auditoría 1, 2 y 3, todas “con plazos vencidos”; y se puso en conocimiento sobre el acuerdo 4.433 al titular del Poder Ejecutivo (PE).