La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) advirtió sobre una serie de prácticas que deben evitarse al momento de realizar transferencias de dinero, incluso entre cuentas propias, para no quedar bajo observación en mayo de 2025. En un contexto de mayor fiscalización, los organismos de control profundizan el seguimiento de operaciones que superen determinados montos o no cuenten con documentación respaldatoria.

Las entidades financieras -bancos y billeteras virtuales- están obligadas a reportar automáticamente a ARCA operaciones que superen ciertos límites, sin distinción de titularidad. Es decir, una transferencia entre cuentas del mismo usuario también puede activar alertas si excede los montos estipulados.

¿Qué errores hay que evitar al transferir dinero?

1. No responder los requerimientos de bancos o billeteras.

Si una entidad solicita documentación para justificar un ingreso, es fundamental responder dentro del plazo. La omisión puede derivar en un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).

2. No tener respaldo sobre el origen de los fondos.

Aun tratándose de cuentas propias, es recomendable contar con comprobantes que acrediten el origen del dinero. ARCA puede solicitar explicaciones si los ingresos no fueron correctamente declarados.

3. Realizar transferencias por montos elevados sin justificación.

Durante mayo, las operaciones por debajo de $600.000 no suelen representar problemas. Sin embargo, movimientos mayores sin documentación pueden ser motivo de revisión.

4. Operar con grandes volúmenes sin respaldo.

Transferencias superiores a $600.000, saldos mensuales por encima del millón de pesos o movimientos de más de $2.000.000 desde billeteras virtuales, están bajo especial vigilancia de ARCA.

¿Qué documentación puede solicitar ARCA?

En caso de revisión, la agencia puede requerir:

- Facturas de compra o venta de bienes.

- Comprobantes de operaciones financieras (como venta de acciones o participaciones).

- Recibos de sueldo o comprobantes de jubilación/pensión.

- Facturación emitida por monotributistas o autónomos.

- Constancia de inscripción al monotributo.

- Certificación de fondos firmada por contador público matriculado.

Montos límites y reportes automáticos

La normativa vigente exige que los bancos reporten ingresos mensuales superiores a $1.000.000 o saldos iguales o mayores a ese monto al cierre del período. También deben informar consumos con tarjeta de débito u otros medios si superan los $600.000 en un mes.

En el caso de billeteras virtuales, el umbral de reporte automático es de $2.000.000 por transferencia individual. La plataforma deberá informar los datos del emisor y receptor, incluyendo sus CVU o identificadores equivalentes.

Es importante aclarar que no se hace distinción entre operaciones entre cuentas propias o hacia terceros: el criterio es exclusivamente el monto transferido.

Posibles consecuencias ante irregularidades

No contar con la documentación respaldatoria o no responder a los pedidos de ARCA puede generar medidas preventivas, como la suspensión temporal de la operatoria financiera. Además, la situación puede ser elevada a la UIF, que investiga posibles casos de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo.

Aunque un reporte automático no significa una penalización inmediata, sí representa una señal de alerta que podría derivar en una auditoría más profunda. Por eso, quienes realicen operaciones por montos significativos deben conservar siempre los comprobantes necesarios.