La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó las reglas del Impuesto a las Ganancias para los ahorristas en dólares. Mediante la Resolución General 5822/2026, publicada hoy en el Boletín Oficial, se dispuso que los intereses generados por depósitos en moneda extranjera queden sujetos al régimen de retención del impuesto.
La normativa alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas que posean ahorros en entidades financieras comprendidas en la Ley 21.526. De ahora en adelante, los bancos deberán aplicar la retención de Ganancias sobre los intereses que generen esos depósitos, siempre que el beneficiario resida en el país y no cuente con una exención específica.
El trasfondo de la medida
Según ARCA, este cambio busca "simplificar" el esquema tributario y fomentar la formalización de la economía. La resolución se apoya en la reciente Ley de "Inocencia Fiscal" y el Decreto 353/2025, orientados a racionalizar las normas impositivas vigentes. La medida, firmada por el director ejecutivo Andrés Edgardo Vázquez, ya entró en vigencia.
Qué establece la resolución
Se incorpora como punto 6 del inciso a) del Anexo III de la Resolución General Nº 830 a los intereses “originados por depósitos en moneda extranjera, realizados por personas humanas y sucesiones indivisas en las entidades financieras comprendidas en la Ley Nº 21.526”.
Los rendimientos quedan alcanzados por el régimen de retención del Impuesto a las Ganancias, siempre que correspondan a beneficiarios del país y no se encuentren exentos o excluidos del gravamen.
En los considerandos, la ARCA señaló que la medida se inscribe en una estrategia orientada a restaurar la confianza en el sistema institucional, estabilizar las variables macroeconómicas y fomentar la formalización de la actividad productiva. En ese sentido, recordó que el Decreto Nº 353/2025 impulsó acciones de simplificación tributaria para reducir la presión fiscal formal y los costos administrativos.