DNU de Milei: pidieron la habilitación de feria al juzgado que concentrará todos los amparos

"La población argentina está sufriendo una transformación radical de su modo de organización social y económica, y eliminación de derechos", argumentaron en la presentación.

Javier Milei y su gabinete, cuando anunciaron el DNU. Javier Milei y su gabinete, cuando anunciaron el DNU.
03 Enero 2024

El juzgado en lo Contencioso Administrativo Federal 2 recibió un pedido de la Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad para que habilite la feria judicial y defina si es o no inconstitucional el DNU 70/2023 de Javier Milei.

Según argumentaron en la solicitud, el DNU empezó “a regir el 30 de diciembre de 2023” y por eso reclamaron “la habilitación de Ferial Judicial a efectos de que se pueda resolver la medida precautelar y la medida cautelar peticionada por esta parte-actores en los presentes autos”.

“Sustentamos el pedido de habilitación de feria judicial, ya que con la entrada en vigencia del DNU, la población argentina está sufriendo una transformación radical de su modo de organización social y económica, eliminación de derechos reconocidos por leyes del Congreso, sin haber tenido la posibilidad de participar en su debate a través de sus representantes electos democráticamente que integran las cámaras del Congreso”, justificó la Asociación. 

“La imposición de un modelo de desarrollo, a contramano de lo que establece el actual ordenamiento jurídico y la Constitución que dispone un progreso con justicia social, se instaura autoritariamente con la quita de cientos de derechos de la ciudadanía en temas habitacionales, de consumidores, laborales, etcétera”, añadieron. 

Para argumentar la rapidez en su resolución, la Asociación también puso como ejemplo que se ha derogado la ley de alquileres que afecta a más de 9 millones de personas, derechos laborales o también cuestiones del ámbito de la salud por la medicina prepaga por el aumento de la cuota.

Ante la solicitud, el Juzgado remitió al fiscal  Miguel Ángel Guilligan para que éste opine si corresponde o no habilitar el receso de verano para resolver el amparo, el mismo no es vinculante para el juez. 

El juzgado 2 en lo Contencioso Administrativo Federal es donde se están concentrando muchos de los planteos porque ha dispuesto tratarlo como amparo colectivo y fue el primero en hacerlo. Por ello, muchas presentaciones hechas en otros juzgados del fuero o bien de otras partes, están siendo concentrados allí para que no haya resoluciones contrapuestas y sea allí donde se defina, consignó la agencia Noticias Argentinas.

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