Desde abril, el Inmobiliario y el Automotor subirán hasta un 35%

El Ministerio de Economía confirmó la aplicación del revalúo trimestral en los impuestos patrimoniales.

Dirección General de Rentas de la Provincia Dirección General de Rentas de la Provincia

Los contribuyentes tucumanos recibirán la boleta de abril con un incremento de hasta un 35%. ¿Cuál es el motivo? La Dirección General de Rentas tiene la facultad de ajustar los valores fiscales de las 450.000 propiedades urbanas y rurales y también en el valor de los vehículos inscriptos en la provincia. Esto es posible por el dictado de dos decretos por parte del Ministerio de Economía, que ya están en vigencia, al haber sido publicados en el Boletín Oficial de la Provincia.

El primero de ellos es el 650, mediante el cual el gobernador Osvaldo Jaldo y el ministro del área, Daniel Abad, dispone un incremento del 35% sobre la valuación fiscal vigente para 2024, en virtud a lo normado en el Artículo 14 de la Ley 7.971 y modificatoria. Se trata de los cambios que el Gobierno provincial ha instrumentado a fines del año pasado en la Ley de Valuación, para posibilitar que esos valores se actualicen trimestralmente (y no anualmente, como venía realizándose). Este aumento estará vigente en el período abril-junio de este año. Luego el  Departamento Valuación de la Dirección General de Catastro volverá a realizar un análisis sobre el padrón existente.

“Observando la actual situación económica y social, se considera razonable fijar un incremento de un 35% sobre la valuación fiscal vigente”, dice el decreto en sus considerandos. La referencia tiene que ver con el informe elevado a la cartera de Economía y que sugería incrementar las valuaciones de los inmuebles hasta un 56%. Desde esa área del Poder Ejecutivo se afirmó que el porcentaje del reajuste está más a tono con la evolución que han tenido los salarios en las últimas recomposiciones y no tanto la evolución del Índice de Precios al Consumidor.

Independientemente de esta situación, Rentas también tiene la potestad de aplicar revalúos de oficios “cuando los precios de inmuebles que figuren en los boletos de compraventa y/o escrituras sean notoriamente inferiores a los vigentes en plaza al momento de su venta”.

Pero esta no ha sido la única novedad impositiva. El decreto 672 establece “la adecuación de las valuaciones de los vehículos en el Impuesto a los Automotores y Rodados que efectúe la Dirección General de Rentas para el segundo trimestre del año calendario 2024, en virtud de lo dispuesto por el cuarto párrafo del artículo 16 de la Ley N° 8467 y sus modificatorias”. Según esa norma, el incremento no podrá exceder del 35% del valor fijado durante el primer trimestre del año.

Para ello, se ha tomado en cuenta el valor fijado por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, correspondiente al penúltimo mes anterior del trimestre calendario”. El incremento será variable tomando en cuenta el tipo de vehículo, su antigüedad y la gama que representa, se explicó oficialmente.

Este mes también llega a su fin lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia respecto de las suspensiones de las ejecuciones de sentencia de trance y remate firmes y consentidas derivadas del cobro de impuestos. De acuerdo con el DNU, “quedan comprendidos en la suspensión todos los trámites de cobro de honorarios de abogados del Estado ya sea judicial o extrajudicial, cualquiera sea en la etapa que se encuentre”. El plazo expira el 31 de este mes.

Sin embargo, el Ministerio de Economía deja abierta una posibilidad para extender el plan de facilidades de pagos que vence mañana y con el que los contribuyentes morosos pueden ponerse al día con el fisco. Hasta ahora, Abad no ha dado fecha precisa acerca de hasta cuándo se extenderá este beneficio que, según se aclaró, no implica la suspensión de las ejecuciones judiciales.

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