Condenaron a un hombre por atropellar y causar la muerte de un niño de tres años

Mediante un juicio abreviado, José Alberto Villalba fue sentenciado a tres años de prisión condicional luego de admitir que atropelló al menor en la ruta 303, a la altura de Las Cejas, en marzo de 2023.

EXCESO. Según un informe del ECIF, el imputado José Villalba conducía la camioneta a 86,61 km por hora. EXCESO. Según un informe del ECIF, el imputado José Villalba conducía la camioneta a 86,61 km por hora.

Condenaron a un hombre de 48 años a tres años de prisión condicional por haber atropellado y causado la muerte de un niño de tres años en la comuna Las Cejas. El imputado, además deberá realizar un curso de educación y seguridad vial y tendrá inhabilitación para conducir vehículos con motor por los próximos cinco años.

El fatal episodio ocurrió el 13 de marzo de 2023 en el kilómetro 46 de la ruta 303, en el departamento de Cruz Alta. Según la acusación realizada por la auxiliar de fiscal Julieta Molé, el imputado José Alberto Villalba circulaba a bordo de una camioneta Toyota Hilux “en exceso de velocidad y sin guardar el respectivo deber de cuidado”, cuando alrededor de las 20, tras realizar una maniobra imprudente embistió a J.E.O, un niño de tres años, que vivía a pocos metros de donde se produjo el siniestro vial.

Apenas ocurrió el accidente se acercó el personal policial de la comisaría de Las Cejas. Según informaron, Villalba inmediatamente después de atropellar al niño frenó la camioneta e intentó auxiliar al niño. En ese momento llegó Ernesto Ortiz, padre del menor, a bordo de un automóvil Chevrolet, quien con ayuda del imputado ingresaron a su hijo al rodado y lo trasladaron al CAPS más cercano mientras Villalba lo seguía en su camioneta acompañado por un compañero de trabajo.

La víctima llegó al hospital con signos vitales pero mientras aguardaban para trasladarlo a otro nosocomio falleció debido a un traumatismo de cráneo grave y politraumatismo grave. Villalba fue aprehendido y llevado a la dependencia policial y la camioneta que conducía fue secuestrada para ser sometida a pericias técnicas.

La causa en un primer momento comenzó a ser investigada por la Unidad Fiscal de Atentados Contra las Personas, pero tras la reestructuración que hubo dentro del Ministerio Público Fiscal en abril de este año, el expediente pasó a manos de la Fiscalía de Homicidios I que conduce Pedro Gallo.

El martes se llevó a cabo un convenio de juicio abreviado, al cual arribaron el MPF, la querella, representada por José Santiago Sarmiento, el acusado y su defensora, Andrea Figueroa. En la audiencia Villalba fue imputado como autor del delito de homicidio culposo.

Al exponer ante la jueza Judith Zolorzano las evidencias recolectadas por los investigadores para comprobar su teoría del caso, Molé mencionó la declaración realizada por el hombre que circulaba como acompañante de Villalba al momento del accidente.

Según contó, ambos trabajaban como peones rurales y ese día se encontraban volviendo a sus hogares después de la jornada laboral. Mientras circulaban por la ruta en dirección norte a sur, observaron que un camión con acoplado se adelantó y les encendió las luces de stop.

“Villalba disminuyó la velocidad sabiendo que a la vera de la ruta hay una canchita de fútbol que siempre es muy concurrida y observaron que estaban saliendo muchas motocicletas del lugar. Dijo que en un momento dado, justo frente de la cancha, cruzaron a un niño corriendo para cruzar la ruta desde la cancha hacia el frente, y pese a que Villalba intentó maniobrar para evitar colisionar igual impactó quedando la camioneta estacionada en la banquina”, citó la auxiliar de fiscal.

Informe accidentológico

La representante del MPF también presentó el informe accidentológico realizado por el personal del Equipo Científico de Investigaciones Fiscales (ECIF), el cual consignaba que la velocidad mínima comprobada a la que circulaba la camioneta de Villalba era de 86,61 kilómetros por hora, la cual es antirreglamentaria y excesiva. “Teniendo en cuenta las circunstancias del hecho y principalmente la gran afluencia de personas en el lugar, la velocidad debía ser no mayor a 20 kilómetros, según lo expresa la Ley Nacional de Tránsito 24.449. Si el conductor de la camioneta disminuía la velocidad, hacía juego de luces y accionaba el claxon habría contado con tiempo y espacio suficiente para detenerse, realizar una maniobra evasiva y de este modo el accidente era físicamente evitable”, sostuvieron los peritos.

Luego de exponer las evidencias, Molé informó que la pena acordada por las partes era la de tres años de prisión de cumplimiento condicional, cinco años de inhabilitación para conducir vehículos con motor y el sometimiento a reglas de conducta entre las cuales consta que el imputado deberá realizar un curso de seguridad y educación vial. Al ser consultado, Villalba asumió su responsabilidad penal por el hecho acusado.

Finalmente, la magistrada Zolorzano resolvió homologar el convenio y condenar a José Alberto Villalba a tres años de condicional por ser culpable del delito de homicidio culposo.

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