García-Mansilla defendió su designación por decreto en la Corte Suprema nacional

En un escrito dijo que un juez no puede remover a otro juez.

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García Mansilla García Mansilla
25 Marzo 2025

El juez Manuel García-Mansilla defendió este martes su designación por decreto como miembro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) y dijo que sólo pueden removerlo de su cargo mediante un juicio político.

En el escrito que presentó ante el el juez federal de La Plata, Alejo Ramos Padilla, dijo que un juez no puede remover a otro juez. Y que por eso Ramos Padilla no tiene jurisdicción para intervenir, pues lo que se resuelve es ajeno a sus facultades.

Dijo que, como juez de la Corte, que ya juró, solo puede ser removido mediante el mecanismo establecido en la Constitución, que es el juicio político. Mencionó asimismo que su nombramiento “es provisorio y no definitivo” y “tampoco pretende serlo”, pues fue nombrado hasta el fin del año legislativo.

Asimismo, dijo que no se advierte “arbitrariedad o ilegalidad manifiesta” en el decreto que lo designó y, por lo tanto, no puede prosperar el recurso de amparo que pretende su nulidad presentado por un grupo de ONGs.

El juez federa de La Plata dijo que va a resolver sobre el caso luego del 3 de abril, cuando el Senado convocó a una audiencia para analizar el pliego de García-Mansilla como juez de la Corte y decidir si le da los votos para continuar hasta los 75 años o si rechaza su designación.

García-Mansilla por ahora no renunciará, aunque se desconoce lo que hará si el Senado rechaza su pliego. Las señales en su entorno son ambiguas. “La acción de amparo intentada en autos es inadmisible y no cumple las exigencias básicas” de la Constitución y la ley, por lo que “debe ser rechazada por V.S., sin más trámite”, afirmó, consignó el diario La Nación

Explicó que fue nombrado juez de la CSJN en comisión por el Presidente de la Nación mediante el Decreto 137/2025 y que cuando la Corte le tomó juramento se convirtió en juez del máximo tribunal desde el 27 de febrero de 2025

“No solo eso, el hecho de que la propia Corte Suprema de Justicia de la Nación me haya tomado juramento implica que la impugnación ya no se dirige exclusivamente contra el Decreto 137/25, sino también contra el acto de la Corte Suprema por el cual se me tomó ese juramento”, dijo, para enfatizar que no corresponde un amparo contra un acto que emana de un órgano del Poder Judicial, como lo es su jura.

De otro modo, al aceptar el amparo, dijo, se estaría alzando contra la decisión de la propia Corte. “Un juez no puede remover a otro juez, y menos aun cuando la única manera de remover a un juez de la Corte Suprema es mediante el juicio político”, sostuvo en su escrito, por lo que le encomendó a Ramos Padilla a que “sin más trámite dé por finalizado este procedimiento, ya que carece de la potestad de juzgar”.

Sostuvo además que el grupo de ONGs que pretende declarar la inconstitucionalidad del decreto que lo designó no está legitimado para accionar en su contra, pues dijo que no tienen ningún agravio, pues no hay un caso propiamente dicho y está vedada la sola mención del control de legalidad.

En duros términos, García-Mansilla rechazó los argumentos de las ONGs que pretenden removerlo. Dijo que “desconocen la letra de la Constitución Nacional, la intención comunicativa expresada por los constituyentes en el texto constitucional, sus antecedentes históricos”.

Y, además, postuló, que ignoran la interpretación que la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo del artículo 99, inciso 19, de la Constitución Nacional, que permite designar por decreto en comisión a “empleados” que requieren acuerdo del Senado, cuando el Congreso está en receso. “Mi nombramiento es de carácter provisorio y temporario al haber sido efectuado en el marco del art. 99, inc. 19, de la Constitución, la única forma en que puede volverse definitivo es a través del cumplimiento de todas las exigencias del art. 99, inc. 4″, dijo el juez, en alusión a que obtenga los votos de los dos tercios de los senadores.

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Comentarios
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#2 25 Mar 2025 22:52 Hs
Oponerse solo por oponerse la opo ni sentido tiene.
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#1 25 Mar 2025 22:38 Hs
Ciertamente es así .
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