El Ministerio de Salud y Deportes de Mendoza oficializó este jueves una medida clave para asegurar el cumplimiento del calendario de vacunación obligatorio. A través de un decreto publicado por el gobierno de Alfredo Cornejo, se estableció un procedimiento formal para denunciar a padres, tutores o representantes legales que se nieguen a vacunar a niñas, niños, adolescentes o personas incapaces.
Según la nueva resolución, si el adulto responsable de un menor se niega expresamente y por escrito a aplicar las vacunas obligatorias en un establecimiento escolar, deberá cumplir con la inmunización en un plazo máximo de 30 días.
Durante ese período, el personal del Área Sanitaria encargado de las inmunizaciones tendrá la responsabilidad de hacer un seguimiento individualizado para asegurar el cumplimiento.
Si, pasado ese plazo, las vacunas aún no han sido aplicadas, el sistema de salud deberá activar un protocolo de denuncia.
El personal sanitario estará obligado a notificar al Equipo Técnico Interdisciplinario (ETI) y, con carácter prioritario, denunciar el caso ante autoridades policiales, municipales o judiciales competentes en materia contravencional.
La normativa se sustenta en la Ley Nacional N.º 27.491, que declara la vacunación como un bien social de carácter obligatorio, y en la Ley Provincial N.º 9099 de Contravenciones, que sanciona el incumplimiento con: multas de 200 a 800 unidades fiscales, arresto de hasta cinco días, trabajo comunitario en hospitales públicos, y registro, control y estadísticas.
La Dirección de Epidemiología, Calidad y Control de Gestión será la encargada de registrar todas las denuncias realizadas bajo este nuevo marco.
Esa información se usará para generar estadísticas detalladas que permitan analizar el avance y cumplimiento del esquema de vacunación en toda la provincia.
Cada mes, la información será remitida a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, que tendrá a su cargo el seguimiento legal de los casos y la detección de reincidencias.
























