Es importante dejar en claro ante la ciudadanía la situación que se plantea con las llamadas “candidaturas testimoniales”, tema recurrente en los comicios de los últimos años. Al margen del debate jurídico sobre la legalidad o no de estas llamadas candidaturas, es de hacer notar que ante el razonamiento normal de cualquier ciudadano, las testimoniales son un recurso de última, porque se supone que el espacio al que pertenecen no cuenta, detrás del candidato testimonial, con otros nombres que sean competitivos o que tengan un liderazgo propio. Entonces, es casi indiferente y sin interés la nómina de los restantes candidatos. También, siguiendo el mismo razonamiento, se siente al votar la incongruencia de hacerlo por alguien que no es candidato -en los términos de ley- porque si llegara a ganar, ya por anticipado manifestó que no va a ocupar el cargo que obtuvo mediante el voto. Para que el derecho a elegir las autoridades se realice en plenitud, es esencial que el ciudadano conozca de la mejor manera al candidato que prefiere votar. Si éste no va asumir, quiere decir que es un candidato incompleto, porque no reúne los requisitos de tal, y por tanto, no puede encabezar una lista de candidatos para la votación. Por lo tanto, es conveniente volver a las fuentes de la democracia, Grecia o algo parecido, donde los ciudadanos en condiciones de votar se reunían en una plaza y por el voto directo decidían su elección.
Rafael Díaz Augier
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