Rentas extendió el régimen de facilidades de pago: ¿hasta cuándo hay tiempo?

El régimen alcanza a las deudas vencidas y exigibles al 31 de agosto de 2025 correspondientes a impuestos provinciales, incluyendo intereses, recargos y multas.

Edificio central de Rentas. COMUNICACIÓN PÚBLICA Edificio central de Rentas. COMUNICACIÓN PÚBLICA
04 Noviembre 2025

La Dirección General de Rentas (DGR) de Tucumán anunció la extensión del plazo para adherirse al Régimen de Regularización de Deudas Fiscales hasta el 28 de noviembre de 2025. La medida permitirá a los contribuyentes ponerse al día con sus obligaciones impositivas y acceder a importantes beneficios y bonificaciones.

El régimen alcanza a las deudas vencidas y exigibles al 31 de agosto de 2025 correspondientes a impuestos provinciales, incluyendo intereses, recargos y multas.

También podrán regularizarse las deudas en planes de facilidades de pago caducos, así como aquellas originadas en ajustes fiscales o en trámite administrativo o judicial de cobro.

El representante del Departamento Técnico Tributario de la DGR, Felipe Carrizo, explicó que “para el caso de las deudas en cobro judicial, se dispone una reducción del 50% de los honorarios profesionales de los representantes de la autoridad de aplicación, regulados o a regularse”.

Beneficios del plan

Entre los beneficios previstos por el régimen, se destacan:

- Bonificación del 100% de los intereses devengados hasta el 31 de diciembre de 2020.

Para los intereses generados desde el 1º de enero de 2021, las bonificaciones serán:

- 50% por pago al contado.

- 40% para planes cancelados hasta julio de 2026.

- 30% para planes cancelados con posterioridad a esa fecha.

Condiciones para adherirse

Carrizo detalló que las condiciones se encuentran flexibilizadas.
Al momento de solicitar la adhesión, los contribuyentes deberán tener abonadas las obligaciones tributarias vencidas desde el 1 de septiembre hasta noviembre de 2025, es decir, tres cuotas o anticipos.

En el caso de los impuestos Automotor y Rodados e Inmobiliario, deberán estar pagadas las cuotas 9, 10 y 11 del año 2025.

El pago puede realizarse mediante los botones de pago disponibles en la web oficial www.rentastucuman.gob.ar, que permiten operar con tarjetas de débito y crédito.

La primera cuota de los planes solicitados en noviembre vencerá el 15 de diciembre. Toda la gestión de adhesión se realiza exclusivamente en línea a través del sitio web del organismo.

Registro de vehículos automotores

La DGR recordó a los contribuyentes del impuesto a los Automotores y Rodados que pueden inscribir los vehículos nuevos directamente en la Dirección General de Rentas para evitar demoras en el alta impositiva.

Para hacerlo, deben ingresar con clave fiscal al servicio “Trámites Web”, opción “Nuevo Trámite”, y seleccionar “Solicitud Impuesto Automotor Vehículos 0 Km”, adjuntando en formato PDF el título del automotor y la factura de compra.

Pagos con tarjeta de crédito

El organismo también informó la implementación del servicio de pago con tarjeta de crédito para las cuotas de los impuestos Inmobiliario, Automotor y Rodados, y las Contribuciones que Inciden sobre los Inmuebles (CISI Comunas Rurales).

Los contribuyentes deberán utilizar el botón de pago “Click de Pago Tarjetas de Crédito” disponible en el sitio web institucional, al momento de generar el formulario correspondiente.

Canales de consulta

Para realizar consultas o recibir asesoramiento tributario, los contribuyentes pueden comunicarse con el call center de la DGR al 381-4503700 (50 líneas rotativas) o escribir a los correos electrónicos oficiales disponibles en la página web.

Beneficios adicionales para 2026

El jefe de la División de Dictámenes y Capacitación de la DGR, Sergio Guerra, informó que, mediante el Decreto 3214/3 (MEyP)-2025, el Poder Ejecutivo Provincial estableció tres beneficios especiales para los impuestos Inmobiliario, Automotor y Rodados, y las Contribuciones CISI Comunas Rurales.

Estos beneficios son excluyentes y no acumulativos:

- Descuento del 20% por el pago anual anticipado 2026 en efectivo hasta el 19 de diciembre de 2025.
Este beneficio aplica a los tres tributos mencionados, y quienes lo utilicen quedarán liberados de diferencias impositivas que pudieran generarse durante 2026.
La DGR informará en su web la disponibilidad de las boletas para el pago anual anticipado.

- Bonificación del 8,33% en cada cuota abonada mediante cesión de haberes en cuenta sueldo o débito automático en cuentas bancarias.
La adhesión puede realizarse tanto desde la web del organismo como directamente en la entidad bancaria.

- Bonificación del 100% de la cuota 12, siempre que las 11 cuotas anteriores hayan sido abonadas en término o dentro del mes de vencimiento general, con los intereses correspondientes.

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