La Justicia Federal rechazó la demanda contra una nueva candidatura de Pagani y despejó el camino electoral en la UNT
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La Justicia Federal rechazó la demanda contra la candidatura de Sergio Pagani para rector en la Universidad Nacional de Tucumán, al no hallar un caso concreto de intervención.
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El fallo desestima el pedido de decanos opositores para frenar la reelección del actual rector, validando el proceso a escasos días de celebrarse los comicios universitarios.
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Esta resolución despeja la incertidumbre legal y habilita el desarrollo normal del calendario electoral en la UNT, consolidando el escenario de competencia por el rectorado.
La UNT será epicentro de comicios en pocos días.
El juez federal Guillermo Díaz Martínez desestimó la demanda promovida por dos decanos de la Universidad Nacional de Tucumán para impedir una eventual nueva candidatura del rector Sergio Pagani y declaró la falta de legitimación activa de ambos, al considerar que no existe aún un “caso” concreto ni una lesión actual que habilite la intervención judicial en la disputa por el rectorado.
La resolución representa, hasta ahora, el pronunciamiento más relevante dentro del conflicto institucional abierto en la principal casa de estudios del norte argentino. En un fallo de fuerte contenido procesal, el magistrado rechazó en todas sus partes la acción declarativa de certeza presentada por Miguel Ángel Cabrera y Virginia Abdala, quienes pretendían, representados por el abogados Gonzalo Casas, que la Justicia interpretara los artículos 17 y 190 del nuevo Estatuto universitario para establecer que Pagani no puede aspirar a un tercer mandato consecutivo.
Díaz Martínez sostuvo que la vía elegida por los demandantes exige la existencia de una incertidumbre jurídica concreta y actual. Citó el artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, que habilita este tipo de acciones “siempre que esa falta de certeza pudiera producir un perjuicio o lesión actual al actor”. Bajo ese marco, afirmó que en el expediente no se acreditó ninguno de esos extremos.
“Bajo esa premisa, entonces, toda vez que la pretensión de los actores no tiene por sustento sino una eventual postulación para un nuevo mandato del actual Rector”, señaló el juez, para agregar que esa hipótesis fue construida “en defecto de una formalización de su candidatura”, derivada de “trascendidos periodísticos tan solo”. Por ello concluyó que no surge acreditada “la existencia de un acto o de cualquier otra actividad administrativa que afecte concretamente los derechos invocados”.
Uno de los conceptos centrales del fallo es la inexistencia de un “caso” judicialmente relevante. “La inexistencia de un acto concreto -la formalización de la candidatura del actual Rector, en rigor- exhibe a su vez la inexistencia de un caso que habilite la intervención de este tribunal”, remarcó Díaz Martínez. Esa conclusión derivó directamente en la declaración de falta de legitimación activa de los decanos actores.
El magistrado coincidió así con el dictamen previo del fiscal federal Rafael Vehils Ruiz, quien había sostenido que la demanda se basaba en una hipótesis futura e incierta. El representante del Ministerio Público había advertido que no existía candidatura oficializada, ni decisión de la autoridad electoral universitaria, ni un perjuicio actual para los demandantes. También había propiciado el rechazo “in limine” de la acción y de la medida cautelar accesoria.
La postura judicial también receptó, en buena medida, los argumentos expuestos por la Universidad Nacional de Tucumán al contestar la demanda a través de su apoderado Jorge Chehín. La UNT había pedido el rechazo de la acción al sostener que no existía incertidumbre jurídica actual, que se pretendía una aplicación retroactiva de restricciones contenidas en el nuevo Estatuto y que una intervención judicial prematura afectaría la autonomía universitaria y el normal desenvolvimiento del proceso electoral.
En consecuencia, el juez resolvió “declarar la falta de legitimación activa de las actoras y, en consecuencia, desestimando la demanda interpuesta en todas sus partes, y la medida cautelar accesoria”. Además, impuso las costas en el orden causado y reguló honorarios para los abogados intervinientes, entre ellos Chehín por la parte vencedora y Casas por la parte actora.
La controversia se había iniciado semanas atrás, cuando Cabrera y Abdala -candidatos al rectorado- denunciaron que el Estatuto reformado en 2024 limita a dos los mandatos consecutivos y que, por lo tanto, Sergio Pagani no podría volver a competir. Afirmaban además que la incertidumbre sobre una eventual postulación alteraba las reglas de la contienda electoral y lesionaba sus derechos políticos.
Sin embargo, con este fallo la Justicia Federal evitó pronunciarse sobre el fondo de la discusión estatutaria y se concentró exclusivamente en la admisibilidad formal del planteo. En otras palabras, no resolvió si Pagani puede o no presentarse, sino que entendió que la controversia fue promovida antes de tiempo y sin un acto concreto que la tornara judicializable.
La decisión adquiere especial relevancia por el calendario electoral de la UNT. De mantenerse los plazos previstos, la próxima semana podrían inscribirse formalmente las candidaturas para el rectorado, instancia en la que el actual rector quedaría en condiciones de avanzar hacia un eventual tercer período si decide competir. Hasta el momento, Pagani no confirmó públicamente su postulación, aunque distintos sectores universitarios dan por descontada esa posibilidad.
El escenario, lejos de cerrarse, podría abrir una nueva etapa judicial. Si se oficializa la candidatura del actual rector, los sectores que promovieron esta demanda podrían acudir nuevamente a los tribunales mediante otras vías procesales, ahora con un acto concreto consumado. De hecho Casas adelantó que promoverán un amparo tanto contra Pagani como contra la UNT. Esto se concretaría el miércoles, si es que ese día el actual rector decide presentar su candidatura, ya que, indicó el abogado, la acción de amparo es contra actos de particulares y de cosas públicas. Además Casas y los decanos analizan la posibilidad de recurrir con un per saltum a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que revise el caso. Así, el fallo de Díaz Martínez representa una victoria jurídica para la UNT y despeja, al menos por ahora, el principal obstáculo judicial que enfrentaba la eventual reelección de Pagani.

























