24 Mayo 2002
El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) dispuso modificaciones en las normativas que se establecieron este año para impedir rebrotes de aftosa en la ganadería nacional, con la finalidad de profundizar los controles sanitarios para evitar riesgos de reaparición del virus en los rodeos vacunos del país. Además, el organismo modificó favorablemente las disposiciones que imposibilitaban el movimiento de tropas bovinas destinadas a exposiciones y flexibilizó el tema referido a las concentraciones de animales que, previo a esta nueva reglamentación, eran más rígidas e impidieron, por ejemplo, que el año pasado se concretaran muestras ganaderas en el país, incluyendo la tradicional Exposición Rural de Palermo, que debió postergarse de fines de julio hasta setiembre del año pasado.
Así lo informó el presidente del Senasa, Bernardo Cané, mediante dos resoluciones que entrarán en vigencia de inmediato. Los cambios introducidos en las normas relacionadas con el primer caso establecen que durante los meses de vacunación antiaftosa a los bovinos, se prohibirá el traslado de los animales en aquellos establecimientos que no hayan completado la inoculación de la totalidad de vacunos declarados por ese propietario. Sin embargo, se exceptúa de esa regla a las tropas destinadas a faena inmediata, siempre que no se haya excedido el plazo de 180 días desde que finalizó la vacunación contra el virus.
Respecto de los productores pecuarios que cuenten con varios campos y población bovina en ellos, deberán cumplir con la vacunación de la totalidad de los rodeos para poder acceder al registro correspondiente, entregado por la autoridad sanitaria competente, que autoriza el movimiento de las haciendas. El Senasa también fijó un plazo de espera de diez días, tras la aplicación de las dosis antiaftosa, para autorizar traslados de animales, con excepción de los destinados a faena inmediata, así como las tropas localizadas en la región patagónica, declarada libre de aftosa, sin vacunación. En cuanto a la autorización de concentraciones de bovinos y realización de exposiciones ganaderas, las nuevas medidas indican que deberán extremarse las medidas de prevención en los predios para evitar la reaparición de eventuales brotes de la enfermedad viral, aunque esto no impedirá la normal comercialización de las haciendas.
Así lo informó el presidente del Senasa, Bernardo Cané, mediante dos resoluciones que entrarán en vigencia de inmediato. Los cambios introducidos en las normas relacionadas con el primer caso establecen que durante los meses de vacunación antiaftosa a los bovinos, se prohibirá el traslado de los animales en aquellos establecimientos que no hayan completado la inoculación de la totalidad de vacunos declarados por ese propietario. Sin embargo, se exceptúa de esa regla a las tropas destinadas a faena inmediata, siempre que no se haya excedido el plazo de 180 días desde que finalizó la vacunación contra el virus.
Respecto de los productores pecuarios que cuenten con varios campos y población bovina en ellos, deberán cumplir con la vacunación de la totalidad de los rodeos para poder acceder al registro correspondiente, entregado por la autoridad sanitaria competente, que autoriza el movimiento de las haciendas. El Senasa también fijó un plazo de espera de diez días, tras la aplicación de las dosis antiaftosa, para autorizar traslados de animales, con excepción de los destinados a faena inmediata, así como las tropas localizadas en la región patagónica, declarada libre de aftosa, sin vacunación. En cuanto a la autorización de concentraciones de bovinos y realización de exposiciones ganaderas, las nuevas medidas indican que deberán extremarse las medidas de prevención en los predios para evitar la reaparición de eventuales brotes de la enfermedad viral, aunque esto no impedirá la normal comercialización de las haciendas.















