16 Mayo 2003
La quema de cañaverales es una práctica agropecuaria que los productores cañeros de Tucumán utilizan desde hace muchos años. Es un procedimiento que tiene ventajas y desventajas en todo sentido, pero beneficia a unos y perjudica a otros. Su aplicación está prohibida por leyes provinciales y nacionales y es considera un delito dentro del Código Penal.
Es por eso que se realizó una jornada de análisis sobre la práctica de la quema de cañaverales en las instalaciones del INTA Famaillá.
Enrique Fernández de Ullivarri, a cargo de la organización del evento, explicó a LA GACETA que el objetivo de la reunión fue analizar en forma interdisciplinaria las ventajas y desventajas desde el punto de vista productivo, económico y ambiental que provoca esta práctica, actualmente tan vigente como prohibida en la provincia de Tucumán. Durante los debates se trabajó sobre dos ejes temáticos: uno fue legal, y el otro económico. Productores, instituciones de investigación y autoridades de control, plantearon las diferencias que existen con la aplicación de este sistema de la quema de la caña de azúcar en la región del Noroeste Argentino (NOA). Pero siempre se buscó establecer un plan de minimización de los impactos ambientales -sobre el suelo y el aire-, y sobre las personas que producen dicha prácticas.
Un aspecto positivo del encuentro fue la participación del director de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la provincia, el licenciado Juan González, quien presentó las normas ambientales relacionadas con la quema de cañaverales.
Por el consenso
Otro aspecto que merece ser destacado, respecto de la reunión técnica que se realizó en el INTA Famaillá, fue que siempre se buscó consensuar -entre las partes involucradas- una reducción de la práctica de quema de cañaverales, como un primer paso.
Sin embargo, surgieron posiciones a favor de la continuación de la aplicación de dicho sistema. Quienes opinaron en ese sentido, justificaron su postura en la poca posibilidad que existe de eliminar esa práctica agrícola, a pesar de estar penalizado actualmente por ley en la provincia.
Pero lo que no debemos olvidar es que, cualquiera sea la línea de acción que se siga de aquí en adelante, la quema del cañaveral provoca efectos altamente nocivos contra el medio ambiente, contra la salud de la población y contra las prácticas conservacionistas de proteger la materia orgánica y el agua del suelo.
Las leyes prohibitivas
Son tres la leyes que prohiben la aplicación de dicha práctica agrícola: a) la Ley de Medio Ambiente de la provincia, en donde se expresa que se prohiben los contaminantes sólidos, líquidos y gaseosos a la atmósfera; b) la Ley de Suelos de la provincia, que expresamente considera que el fuego no es una práctica conservacionista del suelo y, c) el Código Penal (una norma nacional) que prohibe específicamente la quema del cañaveral, con penas severas para quienes incurran en esta práctica. Como reflexión final puede señalarse que no siempre el aspecto económico debe sobreponerse a la racionalidad en la utilización de los recursos.
Es por eso que se realizó una jornada de análisis sobre la práctica de la quema de cañaverales en las instalaciones del INTA Famaillá.
Enrique Fernández de Ullivarri, a cargo de la organización del evento, explicó a LA GACETA que el objetivo de la reunión fue analizar en forma interdisciplinaria las ventajas y desventajas desde el punto de vista productivo, económico y ambiental que provoca esta práctica, actualmente tan vigente como prohibida en la provincia de Tucumán. Durante los debates se trabajó sobre dos ejes temáticos: uno fue legal, y el otro económico. Productores, instituciones de investigación y autoridades de control, plantearon las diferencias que existen con la aplicación de este sistema de la quema de la caña de azúcar en la región del Noroeste Argentino (NOA). Pero siempre se buscó establecer un plan de minimización de los impactos ambientales -sobre el suelo y el aire-, y sobre las personas que producen dicha prácticas.
Un aspecto positivo del encuentro fue la participación del director de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente de la provincia, el licenciado Juan González, quien presentó las normas ambientales relacionadas con la quema de cañaverales.
Por el consenso
Otro aspecto que merece ser destacado, respecto de la reunión técnica que se realizó en el INTA Famaillá, fue que siempre se buscó consensuar -entre las partes involucradas- una reducción de la práctica de quema de cañaverales, como un primer paso.
Sin embargo, surgieron posiciones a favor de la continuación de la aplicación de dicho sistema. Quienes opinaron en ese sentido, justificaron su postura en la poca posibilidad que existe de eliminar esa práctica agrícola, a pesar de estar penalizado actualmente por ley en la provincia.
Pero lo que no debemos olvidar es que, cualquiera sea la línea de acción que se siga de aquí en adelante, la quema del cañaveral provoca efectos altamente nocivos contra el medio ambiente, contra la salud de la población y contra las prácticas conservacionistas de proteger la materia orgánica y el agua del suelo.
Las leyes prohibitivas
Son tres la leyes que prohiben la aplicación de dicha práctica agrícola: a) la Ley de Medio Ambiente de la provincia, en donde se expresa que se prohiben los contaminantes sólidos, líquidos y gaseosos a la atmósfera; b) la Ley de Suelos de la provincia, que expresamente considera que el fuego no es una práctica conservacionista del suelo y, c) el Código Penal (una norma nacional) que prohibe específicamente la quema del cañaveral, con penas severas para quienes incurran en esta práctica. Como reflexión final puede señalarse que no siempre el aspecto económico debe sobreponerse a la racionalidad en la utilización de los recursos.















