27 Junio 2003
Después de una ardua labor desarrollada desde hace un año procurando beneficiar a obreros y empleados del campo, el Registro Nacional de Trabajadores Rurales y Empleadores (Renatre) consideró que fue razonable ese plazo para la inscripción de los empleadores agropecuarios.
"Por lo tanto, el Renatre estableció como vencimiento de ese periodo de inscripción de empleadores y de trabajadores (Resolución Nº 22/03) el 31 de julio del corriente año", señaló el delegado provincial del entre, Alfonso Maculus.
A partir de esa fecha, los empleadores que no hayan concretado su inscripción en el Renatre y ocupen trabajadores rurales serán pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo IV de la Ley 25.191.
Quienes deban cumplir con este trámite podrán obtener las solicitudes y realizar las inscripciones en las sedes del Renatre que funcionan en Tucumán. Las oficinas a las que pueden concurrir se encuentran en Camino del Perú 1050, en Cebil Redondo; Osprera, en 9 de Julio 125, en la capital de la provincia, y en la Asociación Tucumana del Citrus, Monteagudo 490, también la capital tucumana.
"Por lo tanto, el Renatre estableció como vencimiento de ese periodo de inscripción de empleadores y de trabajadores (Resolución Nº 22/03) el 31 de julio del corriente año", señaló el delegado provincial del entre, Alfonso Maculus.
A partir de esa fecha, los empleadores que no hayan concretado su inscripción en el Renatre y ocupen trabajadores rurales serán pasibles de las sanciones establecidas en el Capítulo IV de la Ley 25.191.
Quienes deban cumplir con este trámite podrán obtener las solicitudes y realizar las inscripciones en las sedes del Renatre que funcionan en Tucumán. Las oficinas a las que pueden concurrir se encuentran en Camino del Perú 1050, en Cebil Redondo; Osprera, en 9 de Julio 125, en la capital de la provincia, y en la Asociación Tucumana del Citrus, Monteagudo 490, también la capital tucumana.















