13 Febrero 2004
Hasta abril permanece en vigencia oficialmente el Límite Máximo de Residuos (LMR) provisional a escala comunitaria para el 2,4-D en cítricos de 0,05 mg/kg (partes por millón ppm).
Según se ha publicado en la Directiva 2003/118/CE de la Comisión europea, se modifican los anexos dispuestos a través de las Directivas 76/895/CEE; 86/362/CEE; 86/363/CEE y 90/642/CEE emitidas por el Consejo de la Comunidad Europea, en lo que atañe a los límites máximos de residuos de acefato", 2,4-D y paratión-metilo (Diario Oficial de la Unión Europea I.327/25 del 16 de diciembre de 2003).
De acuerdo con lo establecido en esa norma, el LMR del 2,4-D en cítricos se aumenta a 1 mg/kg (ppm) y será aplicable a partir del 1 de abril de 2004. Ese LMR se corresponde con el umbral de determinación analítica.La única excepción al Límite Máximo de Residuos provisional a escala comunitaria en vigencia para el 2,4-D en cítricos de 0,05 ppm es el Reino Unido.
En Gran Bretaña, desde el 1 de julio de 2003 viene aplicándose una tolerancia a la importación para el 2,4-D en cítricos de 1 ppm.
Los trámites
El aumento aprobado y la armonización del LMR del 2,4-D para cítricos es el resultado de una serie de diligencias que realizó el Comité de Gestión de Cítricos de España (CGC) en la Dirección General SANCO -Salud y Consumidores- de la U.E.
Estas diligencias fueron desplegadas conjuntamente con otras asociaciones internacionales, vinculadas a intereses de comercio citrícola con el objeto de trasladar dicho problema.
El Comité de Gestión de Cítricos (CGC) participó en el análisis de las normas a través del Comité de Enlace de los Países Citrícolas del Mediterráneo (CLAM).
Según se ha publicado en la Directiva 2003/118/CE de la Comisión europea, se modifican los anexos dispuestos a través de las Directivas 76/895/CEE; 86/362/CEE; 86/363/CEE y 90/642/CEE emitidas por el Consejo de la Comunidad Europea, en lo que atañe a los límites máximos de residuos de acefato", 2,4-D y paratión-metilo (Diario Oficial de la Unión Europea I.327/25 del 16 de diciembre de 2003).
De acuerdo con lo establecido en esa norma, el LMR del 2,4-D en cítricos se aumenta a 1 mg/kg (ppm) y será aplicable a partir del 1 de abril de 2004. Ese LMR se corresponde con el umbral de determinación analítica.La única excepción al Límite Máximo de Residuos provisional a escala comunitaria en vigencia para el 2,4-D en cítricos de 0,05 ppm es el Reino Unido.
En Gran Bretaña, desde el 1 de julio de 2003 viene aplicándose una tolerancia a la importación para el 2,4-D en cítricos de 1 ppm.
Los trámites
El aumento aprobado y la armonización del LMR del 2,4-D para cítricos es el resultado de una serie de diligencias que realizó el Comité de Gestión de Cítricos de España (CGC) en la Dirección General SANCO -Salud y Consumidores- de la U.E.
Estas diligencias fueron desplegadas conjuntamente con otras asociaciones internacionales, vinculadas a intereses de comercio citrícola con el objeto de trasladar dicho problema.
El Comité de Gestión de Cítricos (CGC) participó en el análisis de las normas a través del Comité de Enlace de los Países Citrícolas del Mediterráneo (CLAM).
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