03 Marzo 2006
Las normas de Buenas Prácticas Agrarias (BPA) según el protocolo Eurepgap de la UE, exige a los productores de frutas y verduras frescas la utilización de sanitarios móviles y elementos de aseo, garantizando así la higiene (en origen) de los productos que van a llegar a los consumidores europeos.
Los baños químicos, o sanitarios portátiles, son estructuras transportables para usos temporales, que cuentan con mínimas comodidades para satisfacer las necesidades fisiológicas de las personas, y posibilitan brindar esa comodidades en lugares donde -por diversos factores- no se puede acceder a instalaciones sanitarias fijas. La mayoría cuenta con retretes y lavamanos, ambos requisitos indispensables.
En diálogo con LA GACETA Rural, Alejandro Kaplan explicó que en el reglamento sobre Puntos de Control y Criterios de Cumplimiento (CPCC) del citado protocolo europeo, se expresa: “dentro del área de trabajo, los operarios-recolectores deberán contar con equipamiento para el lavado de manos, fijos o portátiles, a un máximo de 500 metros y en buen estado de higiene”. Estas exigencias deben cumplirse, tanto en la recolección como en la manipulación para su embalaje, sin la opción de no aplicar; es decir, sin poder ser pasadas por alto.
La instalación del equipamiento es un requisito ineludible a la hora de acondicionar la finca, si se aspira a la certificación que habilitará al productor a exportar su cosecha. Para garantizar su eficiencia, Los operarios deberán ser instruídos sobre el servicio y forma de usarlo.
Los baños químicos, o sanitarios portátiles, son estructuras transportables para usos temporales, que cuentan con mínimas comodidades para satisfacer las necesidades fisiológicas de las personas, y posibilitan brindar esa comodidades en lugares donde -por diversos factores- no se puede acceder a instalaciones sanitarias fijas. La mayoría cuenta con retretes y lavamanos, ambos requisitos indispensables.
En diálogo con LA GACETA Rural, Alejandro Kaplan explicó que en el reglamento sobre Puntos de Control y Criterios de Cumplimiento (CPCC) del citado protocolo europeo, se expresa: “dentro del área de trabajo, los operarios-recolectores deberán contar con equipamiento para el lavado de manos, fijos o portátiles, a un máximo de 500 metros y en buen estado de higiene”. Estas exigencias deben cumplirse, tanto en la recolección como en la manipulación para su embalaje, sin la opción de no aplicar; es decir, sin poder ser pasadas por alto.
La instalación del equipamiento es un requisito ineludible a la hora de acondicionar la finca, si se aspira a la certificación que habilitará al productor a exportar su cosecha. Para garantizar su eficiencia, Los operarios deberán ser instruídos sobre el servicio y forma de usarlo.
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