24 Abril 2009
En la causa vinculada con el asesinato del militar tucumano Argentino del Valle Larrabure, ocurrido en 1975, tras haber sido secuestrado por el Ejército Revolucionario del Pueblo (ERP), hay que discutir ordenadamente las cuestiones procesales pendientes antes de debatir si se trata de un crimen de lesa humanidad. Esta es la posición que ha sentado la Procuración General de la Nación, que encabeza Esteban Righi y de la que dependen los fiscales federales que intervienen en el caso.
"Recién después de la apertura de una investigación (o de su reapertura, como se plantea en este caso) procede abordar la discusión relativa a si determinado delito constituye (o no) crimen de lesa humanidad, pues ella debe ser consecuencia de una investigación previa. No corresponde generar esa discusión en abstracto", aseguró -en un comunicado- la cabeza del Ministerio Público Fiscal.
La polémica se debe a que ante la Justicia Federal de Rosario (Santa Fe), donde Larrabure estuvo en cautiverio en una denominada "cárcel del pueblo del ERP", el abogado Javier Vigo Leguizamón (representante de Arturo Larrabure, hijo del militar) impulsa la reapertura de la investigación y esgrime que, por tratarse de un crimen de lesa humanidad, su persecución penal no prescribe.
Como aún hay cuestiones procesales pendientes, incluida una vista que debe contestar un fiscal federal de Rosario, la Procuración General insistió en la misma idea. "Forzar una discusión sobre este punto (si se trata de un delito de lesa humanidad) en el inicio de una investigación (o en el momento de analizar su reapertura) no se justifica jurídicamente y parece responder a motivaciones ajenas al proceso penal. Esto parece estar sucediendo en el caso ?Larrabure?, en el que intempestivamente se introdujeron discusiones que no tienen una incidencia concreta en el estado actual de esa causa", precisó el comunicado.
Concienzudo estudio
La Procuración General, que coordina las funciones de todos los fiscales federales del país, también aclaró que su posición acerca de lo que debe considerarse crimen de lesa humanidad no es arbitraria ni discrecional, sino que refleja el estudio de la doctrina y de la jurisprudencia internacional. "En esta labor, siempre se ha evitado caer en una banalización de las categorías jurídicas. En tal sentido, varios dictámenes y resoluciones han delimitado con suma claridad el campo de aplicación de las figuras internacionales evitando su manipulación y su empleo en casos que no cumplen con las condiciones para su aplicación", expresó.
Finalmente, para conjurar suspicacias en relación con la actuación de los fiscales en el caso "Larrabure", el comunicado subraya: "si bien se pueden sostener puntos de vista distintos a los que surgen de los dictámenes y resoluciones del Ministerio Público Fiscal, no puede decirse que estos sean dilatorios o que no se compadecen con la defensa de la legalidad. Precisamente, esta defensa supone postular una correcta aplicación del derecho, tanto en aspectos sustantivos como procesales".
"Recién después de la apertura de una investigación (o de su reapertura, como se plantea en este caso) procede abordar la discusión relativa a si determinado delito constituye (o no) crimen de lesa humanidad, pues ella debe ser consecuencia de una investigación previa. No corresponde generar esa discusión en abstracto", aseguró -en un comunicado- la cabeza del Ministerio Público Fiscal.
La polémica se debe a que ante la Justicia Federal de Rosario (Santa Fe), donde Larrabure estuvo en cautiverio en una denominada "cárcel del pueblo del ERP", el abogado Javier Vigo Leguizamón (representante de Arturo Larrabure, hijo del militar) impulsa la reapertura de la investigación y esgrime que, por tratarse de un crimen de lesa humanidad, su persecución penal no prescribe.
Como aún hay cuestiones procesales pendientes, incluida una vista que debe contestar un fiscal federal de Rosario, la Procuración General insistió en la misma idea. "Forzar una discusión sobre este punto (si se trata de un delito de lesa humanidad) en el inicio de una investigación (o en el momento de analizar su reapertura) no se justifica jurídicamente y parece responder a motivaciones ajenas al proceso penal. Esto parece estar sucediendo en el caso ?Larrabure?, en el que intempestivamente se introdujeron discusiones que no tienen una incidencia concreta en el estado actual de esa causa", precisó el comunicado.
Concienzudo estudio
La Procuración General, que coordina las funciones de todos los fiscales federales del país, también aclaró que su posición acerca de lo que debe considerarse crimen de lesa humanidad no es arbitraria ni discrecional, sino que refleja el estudio de la doctrina y de la jurisprudencia internacional. "En esta labor, siempre se ha evitado caer en una banalización de las categorías jurídicas. En tal sentido, varios dictámenes y resoluciones han delimitado con suma claridad el campo de aplicación de las figuras internacionales evitando su manipulación y su empleo en casos que no cumplen con las condiciones para su aplicación", expresó.
Finalmente, para conjurar suspicacias en relación con la actuación de los fiscales en el caso "Larrabure", el comunicado subraya: "si bien se pueden sostener puntos de vista distintos a los que surgen de los dictámenes y resoluciones del Ministerio Público Fiscal, no puede decirse que estos sean dilatorios o que no se compadecen con la defensa de la legalidad. Precisamente, esta defensa supone postular una correcta aplicación del derecho, tanto en aspectos sustantivos como procesales".
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