El Gobierno fija precios máximos para las garrafas

Será de $ 87,78 para las de 10 kilogramos

08 Abril 2015
BUENOS AIRES.- El Gobierno estableció ayer que los precios máximos para las garrafas de gas licuado de petróleo serán de $ 87,78 para aquellas de 10 kilos; en $ 105,34 para las de 12, y en $ 131,67 para las de 15. Lo hizo a través de cuatro resoluciones, publicadas en el Boletín Oficial, tres con la firma de la secretaria de Energía, Mariana Matranga, y una con la del secretario de Comercio, Augusto Costa.

El valor del subsidio para el programa “Hogar”, para los sectores de bajos recursos que “que residan o se encuentren ubicadas, según el caso, en zonas no abastecidas por el servicio de gas por redes o no se encuentren conectados/as a la red de distribución de gas de su localidad”, será de $ 20 para la garrafa de 10 kilogramos, se determinó oficialmente. Las normas establecen que para recibir el subsidio, los titulares de los hogares comprendidos deberán inscribirse en un registro creado por la Secretaría de Energía, aunque durante el primer año, a partir del 1 de abril, quedarán incorporados automáticamente en un Registro de Beneficiarios Preliminar, que contendrá a “los sectores más vulnerables”, tras lo cual, en caso de que no hayan realizado la inscripción, serán dados de baja y dejarán de percibir el beneficio.

Respecto de la distribución mensual de garrafas, la norma divide en dos regiones a los beneficiarios, entre los que viven en Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Río Negro y Neuquén, por un lado, y el resto del país por el otro.

Para los hogares del “resto del país” conformado por hasta cinco miembros recibirán el subsidio para la adquisición de 18 garrafas anuales: una en enero, febrero, marzo, octubre, noviembre y diciembre, y dos en abril, mayo, junio, julio, agosto y septiembre.

Para los de más de cinco miembros, el subsidio alcanzará a 20 garrafas anuales: una en enero, febrero, noviembre y diciembre, y dos el resto de los meses.

En el caso de las provincias patagónicas y del Comahue, el beneficio será de 21 garrafas anuales para los hogares de hasta cinco miembros. Para los que tengan más de cinco miembros será de 24 garrafas anuales: una en enero, febrero, noviembre y diciembre, dos en marzo, abril, septiembre y octubre, y tres en mayo, junio, julio y agosto. Las resoluciones también estipulan los precios máximos de referencia y compensación para los productores de butano y propano, que será de $ 650 y $ 550, respectivamente para los primeros, y de $ 1.000 y $ 200 para los segundos. (DyN)

Comentarios