Por Álvaro José Aurane
16 Mayo 2015
El eje de rotación de la política tucumana parece invertido. En el acuerdo entre el diputado José Cano y el intendente Domingo Amaya se insinúan rasgos de peronización del radicalismo. Concretamente, en la delegación de atribuciones que los principales órganos del centenario partido hicieron en favor del presidente del distrito. La convención, el miércoles pasado, ratificó lo que la junta de gobierno había aprobado por unanimidad: facultar a Cano para celebrar los pactos políticos que considere convenientes para el armado de un frente electoral. Si no es inédito, es infrecuente: el opositor ya no debe consultar sus acuerdos.
“La UCR no es un partido con vocación de minoría y Cano debe tener libertad para formar su gobierno”, justificó a viva voz el vicepresidente de la fuerza, Ariel García, uno de los tres mosqueteros que acompañaron al precandidato a gobernador radical en el asado de hace dos domingos, durante el cual comenzó a alumbrarse el entendimiento con el amayismo.
Hasta anoche, lo conversado entre las partes era que la presentación de la sociedad política se produzca antes del viernes 22. En el cronograma electoral tucumano, ese día vence el plazo para inscribir las alianzas. La del amayismo con la UCR sería sellada en un acta con compromisos de políticas de Estado, presentada como un acuerdo para el bicentenario de 1816. Al parecer, el amayismo quería ese nombre para el frente electoral, pero es muy largo para el tamaño de la boleta. Así que se inclinarían por un bautismo que mencione un acuerdo amplio.
De uno y de otro lado sostienen (aunque suena más a declaración políticamente correcta que real) que aún no se definió quién será candidato a gobernador y quién a vice. Hay plazo hasta el 22 de junio para decidir, argumentan. En contraste, avanzan sobre la otra elección: la nacional. En esos comicios, la inscripción de acuerdos expira el 10 de junio; y, 10 días después, la presentación de candidatos. Uno de los planes elucubrados pretende que Amaya y Cano encabecen las listas de candidatos a senadores y a diputados en las PASO. El espíritu de esa idea de factura peronista es tratar de sacar más votos que José Alperovich para instalar la sensación de que también obtendrán más sufragios que el oficialismo 15 días después. Dicho en términos justicialistas proclamados durante el acto de lanzamiento de la fórmula Juan Manzur - Osvaldo Jaldo en Alderetes, “no hay 23 de agosto sin 9 de agosto”. Si tal cosa se diese, el cimbronazo sería nacional. Esa dimensión hace que esa estrategia sea tan atractiva para unos como delicada para otros.
Por caso, a la intendencia durante toda la semana llegaron telefonazos desde la Secretaría General de la Presidencia, desde la Secretaría Legal y Técnica y hasta del Ministerio de Economía de la Nación. Pero el jefe municipal no estaba. Sólo él sabe si también lo hablaron a su celular...
Los radicales, como contrapeso, optaron por la distensión. El miércoles, Mauricio Macri (Ernesto Sanz mediante) se tomó fotos en las que hasta sonrió junto con el senador Gerardo Morales (massista de la primera hora) en Jujuy. Nada le costaba al jefe de Gobierno porteño visitar el jueves Tucumán. Pero le habrían pedido que no lo haga aún, para no sumarle presiones al intendente de militancia “K”. “Hay que cuidarlo al ‘compañero’ Amaya”, fue la tesis.
Espacio, tiempo y jurisprudencia
Si el perfil peronizado que enseñó el radicalismo inquieta, la faceta antiperonista que mostró el alperovichismo alarma. El proyecto para prohibir las dobles candidaturas fue el corolario. Si postularse a más de un cargo es deslealtad oprobiosa o estrategia válida es una cuestión opinable, que el elector viene zanjando en Tucumán desde hace décadas con su voto, avalando a unos y castigando a otros. Lo que busca el gobernador -conductor de un proyecto que llevó al paroxismo las dobles candidaturas- es proscribir a Cano y, si cuaja la estrategia expuesta, también a Amaya, para que no disputen cargos nacionales, ya que pelear por cargos provinciales.
El peronismo puede hacer muchas cosas, menos proscribir candidatos. La historia argentina entre 1955, con el golpe de la Revolución Fusiladora, y 1973, con el retorno definitivo de Perón, es la historia de la proscripción que elevó al peronismo a la categoría de movimiento casi mítico, que sobrevivió y creció aun con su líder exiliado. Proscribir opositores es hacer campaña por ellos. Lo sabe cualquier peronista. Lo ignora cualquiera que no lo sea.
Por cierto, el proyecto que intenta Alperovich va camino de engrosar el bestiario de iniciativas oficialistas tronchadas en Tribunales. En términos de realidad, la proscripción tiene un problema espacial: no puede pretenderse que las leyes locales, que se dictan para el ámbito de la Junta Electoral Provincial, se apliquen en la jurisdicción de la Justicia Electoral Nacional.
También presenta un problema temporal. Los comicios nacionales y los provinciales son elecciones diferentes. Por tanto, no hay doble postulación sino una candidatura en cada uno de esos comicios distintos.
Por supuesto, la voluntad proscriptora también enfrenta inconvenientes jurisprudenciales. En la sentencia del Caso Novello, la Cámara Nacional Electoral validó las candidaturas testimoniales de 2009 porque las circunscribió a los comportamientos privados: cada postulante sabe si asumirá en el cargo, o no. El fallo aclara que una cosa es la incompatibilidad de funciones (no se puede ejercer como parlamentario y como gobernador a la vez) y otra es la doble postulación. El gobernador lo sabe y lo pregona con su ejemplo en este momento.
Hoy, como desde hace seis años, el gobernador es también senador suplente para el período 2009-2015. Por las dudas, que le dicen... Expuesto de otro modo: si el jefe del Ejecutivo no renunció aún como senador suplente, cualquier tucumano tiene derecho a sentir que él se le ríe cada vez que critica las postulaciones simultáneas.
El culto a la contradicción y sus sacrilegios
Es difícil no reparar en que el mandatario actúa casi como si quisiera que no lo suceda su vice, quien recibe mejores señales del armado “jaldista” en el interior que de la Casa de Gobierno. Cuando Cano y Amaya no habían llegado a un acuerdo, Manzur necesitaba que el gobernador fuera candidato a senador, y entonces Alperovich lo puso en duda. Gratuitamente en duda, como se avisó aquí. Luego, el diputado y el intendente se entendieron, y de pronto la idea de que el jefe del Ejecutivo encabezara la lista legislativa del Oeste se tornó interesante. Entonces Alperovich dio marcha atrás y retomó sus aspiraciones senatoriales.
Ahora, con su proyecto para proscribir a Cano, Alperovich demoniza las dobles candidaturas y, con ello, incomoda a la fórmula de su espacio. Manzur ha sido durante dos períodos un vicegobernador ausente para ejercer como ministro de Salud de la Nación. Y Jaldo, siendo ministro del Interior, renunció como legislador en uso de licencia para no acumular tantos cargos cuando fue candidato a diputado. Cada cual lo aceptó voluntariamente, pero por expreso pedido del mismo gobernador que ahora cuestiona esta práctica.
Obviamente, en el culto a la contradicción abundan las preguntas desacralizantes. Si las dobles candidaturas son una mentira para el pueblo, ¿a qué equivale que los funcionarios acusados de mal desempeño de sus tareas en un juicio político ya no sean suspendidos en el desempeño de sus tareas, porque así lo dispone la Constitución de 2006? ¿Y que esos mismos funcionarios, en caso de ser candidatos, no tengan que pedir licencia para hacer campaña? ¿Y qué representa, justamente, que la Legislatura incumpla la sentencia del Caso MP3, que la exhorta a reglamentar la situación de los miembros del Gobierno que se postulan, en atención al derecho de participar de elecciones en condiciones generales de igualdad?
¿Y que significa, en materia de no mentirle al pueblo, haber cambiado la Carta Magna para que, en un juicio político, se necesiten más votos legislativos para echar al gobernador que a un vocal de la Corte? ¿Y establecer que el CAM sería organizado por decreto? ¿Y la desaparición forzosa de la licitación pública, con la consecuente dictadura de la contratación directa?
¿Y qué representará que una diputada renuncie y asuma como ministra, pero como el Congreso no había tratado su dimisión proceda a dejar el Gabinete, vuelva a su banca, vote y luego dimita nuevamente como parlamentaria para asumir otra vez como funcionaria? ¿Y las ministras que no viven en el Este pero son candidatas a legisladoras por esa sección Este, para nunca ejercer como parlamentarias y seguir siendo ministras? ¿Y el diputado por Tucumán que vive en Buenos Aires y que en esta provincia, en vez de residencia efectiva, tiene un primo gobernador?
¿Qué clase de certeza es que aún no haya una nueva Ley de Régimen Electoral, aunque debía dictarse a los 120 días de promulgada la Constitución de 2006? ¿Y que no se dictara la Ley de Acefalía que debía regir en igual lapso? ¿Y que no haya voto electrónico, aunque debía aplicarse en forma progresiva?
¿Cuál sinceridad es que la Ley Fundamental diga que el mandato 2003-2007 no existe; así que el segundo es el primero; y el tercero es el segundo?
De paso, ¿cuál verdad es el nepotismo?
“La UCR no es un partido con vocación de minoría y Cano debe tener libertad para formar su gobierno”, justificó a viva voz el vicepresidente de la fuerza, Ariel García, uno de los tres mosqueteros que acompañaron al precandidato a gobernador radical en el asado de hace dos domingos, durante el cual comenzó a alumbrarse el entendimiento con el amayismo.
Hasta anoche, lo conversado entre las partes era que la presentación de la sociedad política se produzca antes del viernes 22. En el cronograma electoral tucumano, ese día vence el plazo para inscribir las alianzas. La del amayismo con la UCR sería sellada en un acta con compromisos de políticas de Estado, presentada como un acuerdo para el bicentenario de 1816. Al parecer, el amayismo quería ese nombre para el frente electoral, pero es muy largo para el tamaño de la boleta. Así que se inclinarían por un bautismo que mencione un acuerdo amplio.
De uno y de otro lado sostienen (aunque suena más a declaración políticamente correcta que real) que aún no se definió quién será candidato a gobernador y quién a vice. Hay plazo hasta el 22 de junio para decidir, argumentan. En contraste, avanzan sobre la otra elección: la nacional. En esos comicios, la inscripción de acuerdos expira el 10 de junio; y, 10 días después, la presentación de candidatos. Uno de los planes elucubrados pretende que Amaya y Cano encabecen las listas de candidatos a senadores y a diputados en las PASO. El espíritu de esa idea de factura peronista es tratar de sacar más votos que José Alperovich para instalar la sensación de que también obtendrán más sufragios que el oficialismo 15 días después. Dicho en términos justicialistas proclamados durante el acto de lanzamiento de la fórmula Juan Manzur - Osvaldo Jaldo en Alderetes, “no hay 23 de agosto sin 9 de agosto”. Si tal cosa se diese, el cimbronazo sería nacional. Esa dimensión hace que esa estrategia sea tan atractiva para unos como delicada para otros.
Por caso, a la intendencia durante toda la semana llegaron telefonazos desde la Secretaría General de la Presidencia, desde la Secretaría Legal y Técnica y hasta del Ministerio de Economía de la Nación. Pero el jefe municipal no estaba. Sólo él sabe si también lo hablaron a su celular...
Los radicales, como contrapeso, optaron por la distensión. El miércoles, Mauricio Macri (Ernesto Sanz mediante) se tomó fotos en las que hasta sonrió junto con el senador Gerardo Morales (massista de la primera hora) en Jujuy. Nada le costaba al jefe de Gobierno porteño visitar el jueves Tucumán. Pero le habrían pedido que no lo haga aún, para no sumarle presiones al intendente de militancia “K”. “Hay que cuidarlo al ‘compañero’ Amaya”, fue la tesis.
Espacio, tiempo y jurisprudencia
Si el perfil peronizado que enseñó el radicalismo inquieta, la faceta antiperonista que mostró el alperovichismo alarma. El proyecto para prohibir las dobles candidaturas fue el corolario. Si postularse a más de un cargo es deslealtad oprobiosa o estrategia válida es una cuestión opinable, que el elector viene zanjando en Tucumán desde hace décadas con su voto, avalando a unos y castigando a otros. Lo que busca el gobernador -conductor de un proyecto que llevó al paroxismo las dobles candidaturas- es proscribir a Cano y, si cuaja la estrategia expuesta, también a Amaya, para que no disputen cargos nacionales, ya que pelear por cargos provinciales.
El peronismo puede hacer muchas cosas, menos proscribir candidatos. La historia argentina entre 1955, con el golpe de la Revolución Fusiladora, y 1973, con el retorno definitivo de Perón, es la historia de la proscripción que elevó al peronismo a la categoría de movimiento casi mítico, que sobrevivió y creció aun con su líder exiliado. Proscribir opositores es hacer campaña por ellos. Lo sabe cualquier peronista. Lo ignora cualquiera que no lo sea.
Por cierto, el proyecto que intenta Alperovich va camino de engrosar el bestiario de iniciativas oficialistas tronchadas en Tribunales. En términos de realidad, la proscripción tiene un problema espacial: no puede pretenderse que las leyes locales, que se dictan para el ámbito de la Junta Electoral Provincial, se apliquen en la jurisdicción de la Justicia Electoral Nacional.
También presenta un problema temporal. Los comicios nacionales y los provinciales son elecciones diferentes. Por tanto, no hay doble postulación sino una candidatura en cada uno de esos comicios distintos.
Por supuesto, la voluntad proscriptora también enfrenta inconvenientes jurisprudenciales. En la sentencia del Caso Novello, la Cámara Nacional Electoral validó las candidaturas testimoniales de 2009 porque las circunscribió a los comportamientos privados: cada postulante sabe si asumirá en el cargo, o no. El fallo aclara que una cosa es la incompatibilidad de funciones (no se puede ejercer como parlamentario y como gobernador a la vez) y otra es la doble postulación. El gobernador lo sabe y lo pregona con su ejemplo en este momento.
Hoy, como desde hace seis años, el gobernador es también senador suplente para el período 2009-2015. Por las dudas, que le dicen... Expuesto de otro modo: si el jefe del Ejecutivo no renunció aún como senador suplente, cualquier tucumano tiene derecho a sentir que él se le ríe cada vez que critica las postulaciones simultáneas.
El culto a la contradicción y sus sacrilegios
Es difícil no reparar en que el mandatario actúa casi como si quisiera que no lo suceda su vice, quien recibe mejores señales del armado “jaldista” en el interior que de la Casa de Gobierno. Cuando Cano y Amaya no habían llegado a un acuerdo, Manzur necesitaba que el gobernador fuera candidato a senador, y entonces Alperovich lo puso en duda. Gratuitamente en duda, como se avisó aquí. Luego, el diputado y el intendente se entendieron, y de pronto la idea de que el jefe del Ejecutivo encabezara la lista legislativa del Oeste se tornó interesante. Entonces Alperovich dio marcha atrás y retomó sus aspiraciones senatoriales.
Ahora, con su proyecto para proscribir a Cano, Alperovich demoniza las dobles candidaturas y, con ello, incomoda a la fórmula de su espacio. Manzur ha sido durante dos períodos un vicegobernador ausente para ejercer como ministro de Salud de la Nación. Y Jaldo, siendo ministro del Interior, renunció como legislador en uso de licencia para no acumular tantos cargos cuando fue candidato a diputado. Cada cual lo aceptó voluntariamente, pero por expreso pedido del mismo gobernador que ahora cuestiona esta práctica.
Obviamente, en el culto a la contradicción abundan las preguntas desacralizantes. Si las dobles candidaturas son una mentira para el pueblo, ¿a qué equivale que los funcionarios acusados de mal desempeño de sus tareas en un juicio político ya no sean suspendidos en el desempeño de sus tareas, porque así lo dispone la Constitución de 2006? ¿Y que esos mismos funcionarios, en caso de ser candidatos, no tengan que pedir licencia para hacer campaña? ¿Y qué representa, justamente, que la Legislatura incumpla la sentencia del Caso MP3, que la exhorta a reglamentar la situación de los miembros del Gobierno que se postulan, en atención al derecho de participar de elecciones en condiciones generales de igualdad?
¿Y que significa, en materia de no mentirle al pueblo, haber cambiado la Carta Magna para que, en un juicio político, se necesiten más votos legislativos para echar al gobernador que a un vocal de la Corte? ¿Y establecer que el CAM sería organizado por decreto? ¿Y la desaparición forzosa de la licitación pública, con la consecuente dictadura de la contratación directa?
¿Y qué representará que una diputada renuncie y asuma como ministra, pero como el Congreso no había tratado su dimisión proceda a dejar el Gabinete, vuelva a su banca, vote y luego dimita nuevamente como parlamentaria para asumir otra vez como funcionaria? ¿Y las ministras que no viven en el Este pero son candidatas a legisladoras por esa sección Este, para nunca ejercer como parlamentarias y seguir siendo ministras? ¿Y el diputado por Tucumán que vive en Buenos Aires y que en esta provincia, en vez de residencia efectiva, tiene un primo gobernador?
¿Qué clase de certeza es que aún no haya una nueva Ley de Régimen Electoral, aunque debía dictarse a los 120 días de promulgada la Constitución de 2006? ¿Y que no se dictara la Ley de Acefalía que debía regir en igual lapso? ¿Y que no haya voto electrónico, aunque debía aplicarse en forma progresiva?
¿Cuál sinceridad es que la Ley Fundamental diga que el mandato 2003-2007 no existe; así que el segundo es el primero; y el tercero es el segundo?
De paso, ¿cuál verdad es el nepotismo?