02 Agosto 2015
Harán controles contra prácticas clientelares en las escuelas
El órgano que velará por los comicios del 23 de agosto emitió una resolución en que expresa una serie de prohibiciones para el día del sufragio. Pondrán veedores en las escuelas. El tribunal que analizará la recusación en contra de Jiménez, miembro de la Junta Electoral, aún no puede ser conformado.
POSTAL DE 2011. En barrio 11 de Marzo había bolsones el día de la elección. la gaceta / foto de analía jaramillo (archivo)
Si hay bolsones, amenazas de pérdida de empleo o de subsidios, intentos de comprar voluntades con promesas de dinero u otras dádivas, movilización de electores o actos proselitistas el 23 de agosto, día de las elecciones provinciales, deben intervenir en el acto las fuerzas de seguridad.
Así lo dispuso la Junta Electoral Provincial (JEP), con los votos del titular del órgano Antonio Gandur -presidente de la Corte Suprema Justicia de Tucumán-, del ministro fiscal Edmundo Jiménez y de la representante de la Legislatura, la oficialista Beatriz Bordinaro de Peluffo. “Se debe solicitar a la sociedad en general el compromiso cívico no sólo de votar el día de los comicios, sino también de denunciar, frente a las autoridades pertinentes, cualquier situación que pudiese constituir una práctica clientelar o fraude electoral”, instaron los integrantes del órgano electoral en la resolución 961/2015, dictada el 30 de Julio de 2015 ante el secretario electoral Darío Almaraz.
La JEP recordó además que de esos controles participarán funcionarios públicos escogidos especialmente para la jornada. “Se debe disponer que los veedores judiciales supervisen en desenvolvimiento de la actividad en las escuelas electorales en las que fueron designados y en los alrededores de las mismas (80 metros), a fin de evitar que se produzcan las prácticas ilegales”, indicaron los miembros del tribunal electoral. Y agregaron: “pesa especialmente sobre las fuerzas de seguridad la obligación de llevar adelante las tareas necesarias para prevenir e investigar la comisión de cualquier ilícito electoral, evitando que se consumen prácticas clientelares o de fraude electoral el día de los comicios”.
Gandur, Jiménez y Bordinaro de Peluffo emitieron la resolución a raíz de “que en el marco del presente proceso electoral se observan manifestaciones de diversos actores públicos que hacen referencia a prácticas clientelares que se desarrollarían el día de los comicios”.
Ante estas advertencias, los vocales de la JEP señalaron la vigencia de leyes provinciales y nacionales y de tratados internacionales respecto a la transparencia de los sufragios. “La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha explicado que la ‘autenticidad’ que debe caracterizar a las elecciones, implica -en sentido afirmativo- que debe existir una estructura legal e institucional que conduzca a que el resultado de las elecciones coincida con la voluntad de los electores. Y en sentido negativo, implica la ausencia de coerciones que distorsionen la voluntad de los ciudadanos”, indicaron en la Junta Electoral, citando un informe del organismo internacional.
Recordaron luego que la Constitución nacional y provincial establece que “el sufragio es universal, secreto y obligatorio”. Y que el Código Electoral Nacional también prescribe “las reuniones de electores, el depósito de armas, o la entrega de boletas de sufragio en el radio de los locales de votación; el expendio de bebidas alcohólicas durante los comicios; la celebración de espectáculos públicos o actos deportivos”.
Luego, Gandur, Jiménez y Bordinaro de Peluffo instaron “a toda la sociedad a evitar que la voluntad del pueblo se vea distorsionada”. A continuación, mencionaron los diferentes mecanismos posibles (ver “Qué está prohibido”), y consignaron: “las prácticas mencionadas constituyen sin duda un atentado contra la autenticidad y sinceridad de la voluntad popular expresada en los comicios”.
Así lo dispuso la Junta Electoral Provincial (JEP), con los votos del titular del órgano Antonio Gandur -presidente de la Corte Suprema Justicia de Tucumán-, del ministro fiscal Edmundo Jiménez y de la representante de la Legislatura, la oficialista Beatriz Bordinaro de Peluffo. “Se debe solicitar a la sociedad en general el compromiso cívico no sólo de votar el día de los comicios, sino también de denunciar, frente a las autoridades pertinentes, cualquier situación que pudiese constituir una práctica clientelar o fraude electoral”, instaron los integrantes del órgano electoral en la resolución 961/2015, dictada el 30 de Julio de 2015 ante el secretario electoral Darío Almaraz.
La JEP recordó además que de esos controles participarán funcionarios públicos escogidos especialmente para la jornada. “Se debe disponer que los veedores judiciales supervisen en desenvolvimiento de la actividad en las escuelas electorales en las que fueron designados y en los alrededores de las mismas (80 metros), a fin de evitar que se produzcan las prácticas ilegales”, indicaron los miembros del tribunal electoral. Y agregaron: “pesa especialmente sobre las fuerzas de seguridad la obligación de llevar adelante las tareas necesarias para prevenir e investigar la comisión de cualquier ilícito electoral, evitando que se consumen prácticas clientelares o de fraude electoral el día de los comicios”.
Gandur, Jiménez y Bordinaro de Peluffo emitieron la resolución a raíz de “que en el marco del presente proceso electoral se observan manifestaciones de diversos actores públicos que hacen referencia a prácticas clientelares que se desarrollarían el día de los comicios”.
Ante estas advertencias, los vocales de la JEP señalaron la vigencia de leyes provinciales y nacionales y de tratados internacionales respecto a la transparencia de los sufragios. “La Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha explicado que la ‘autenticidad’ que debe caracterizar a las elecciones, implica -en sentido afirmativo- que debe existir una estructura legal e institucional que conduzca a que el resultado de las elecciones coincida con la voluntad de los electores. Y en sentido negativo, implica la ausencia de coerciones que distorsionen la voluntad de los ciudadanos”, indicaron en la Junta Electoral, citando un informe del organismo internacional.
Recordaron luego que la Constitución nacional y provincial establece que “el sufragio es universal, secreto y obligatorio”. Y que el Código Electoral Nacional también prescribe “las reuniones de electores, el depósito de armas, o la entrega de boletas de sufragio en el radio de los locales de votación; el expendio de bebidas alcohólicas durante los comicios; la celebración de espectáculos públicos o actos deportivos”.
Luego, Gandur, Jiménez y Bordinaro de Peluffo instaron “a toda la sociedad a evitar que la voluntad del pueblo se vea distorsionada”. A continuación, mencionaron los diferentes mecanismos posibles (ver “Qué está prohibido”), y consignaron: “las prácticas mencionadas constituyen sin duda un atentado contra la autenticidad y sinceridad de la voluntad popular expresada en los comicios”.