Pese al “no” de Jiménez, la Corte asigna funciones a dos fiscalas

El alto tribunal en pleno ratificó una decisión.

EDMUNDO JIMÉNEZ. ARCHIVO LA GACETA EDMUNDO JIMÉNEZ. ARCHIVO LA GACETA
01 Abril 2016
Una costumbre tribunalicia dejada sin efecto por una orden del ministro público Edmundo Jiménez originó una contraorden de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán. Por medio de esta última decisión, los vocales Antonio Gandur (presidente), René Goane, Antonio Estofán, Claudia Sbdar y Daniel Posse ratificaron su potestad para asignar funciones a integrantes del Ministerio Público que conduce Jiménez. Y en concreto facultaron a las fiscalas Ana María Rosa Paz y Emma Beatriz García de Saín para que representen a la Corte en los pleitos en los que esta sea citada.

La Acordada 162/2016 tiene su origen remoto en la renuncia de Elena Noemí Sangenis de Terraf al cargo de fiscala de Cámara en lo Civil, Comercial, Laboral y Contencioso Administrativo -se jubiló con el beneficio del 82% móvil a fines del año pasado-. Hasta entonces y pese a que no existe ninguna prescripción legal al respecto, Sangenis de Terraf actuó como abogada de la Corte (por ejemplo, ante la judicialización de una decisión administrativa o de superintendencia). Entonces y en virtud de un juicio iniciado en 2009, la Corte otorgó la representación a Paz y a García Saín, respectivas fiscalas en lo Civil, Comercial y del Trabajo N° 1 y 2. Pero Jiménez se interpuso y cuestionó esa potestad mediante la resolución del 10 de febrero. Ese cambio de criterio implicaba que el presidente de la Corte debía litigar en nombre del Poder Judicial.

A posteriori, el alto tribunal rechazó la interpretación de Jiménez y dejó sin efecto su resolución. En la acordada mencionada, la Corte reiteró que estaba facultada para asignar funciones de representación a miembros del Ministerio Público. “Ello no significa o implica declinar o abandonar la atribución del presidente y de la Corte de representar a los Tribunales, sino ejercerla plenamente por medio de un representante”, expresaron los vocales mediante un juego de palabras. Y añadieron: “no existe impedimento legal para que el alto tribunal designe y faculte a funcionarios constitucionales del Ministerio Público (fiscales y defensores), que dependen del Poder Judicial, para que actúen en nombre y en representación de este”.

La Corte afirmó que “elementales cuestiones de naturaleza operativa” habían impuesto la conveniencia de intervenir en los juicios por medio de un fiscal. “Esta ha sido la conducta tradicional en el Poder Judicial”, insistió. Y manifestó que Paz y García de Saín debían representar a la Corte hasta que el ex despacho de Sangenis de Terraf fuese cubierto (el nuevo titular surgirá del concurso público que sustancia el Consejo Asesor de la Magistratura).

Génesis
El giro del titular del Ministerio Público Fiscal y Pupilar dejó “en el aire” los intereses de la Corte en distintos procesos con vencimientos perentorios. Esta diferencia profundizó el conflicto interno que mantienen Jiménez y los vocales, y cuya genésis se remonta a un año atrás, cuando la Corte dispuso una auditoría sobre casos objetados del entonces fiscal Guillermo Herrera -renunció en septiembre para jubilarse con el 82% móvil-. Entonces, Jiménez cuestionó la potestad del cuerpo para fiscalizar a los integrantes del Ministerio Público. Luego, el alto tribunal dejó sin efecto unos contratos de personal temporario suscritos por Jiménez en forma unilateral. Más recientemente, las autoridades quedaron enfrentadas por sus visiones sobre la Justicia: mientras que el jefe de los fiscales sostiene que esta padece una crisis general y reclama autarquía, la Corte Suprema rechaza -con matices- ambas perspectivas.

Comentarios