La Justicia suspendió el aumento de la tarifa eléctrica en todo el país

Hizo lugar a dos amparos presentados por organizaciones civiles. La falta de audiencias públicas fue uno de los argumentos que esgrimió la jueza para tomar la decisión.

JUAN JOSÉ ARANGUREN. La Justicia frenó el aumento de la electricidad que dispuso la cartera que dirige el ministro. ARCHIVO JUAN JOSÉ ARANGUREN. La Justicia frenó el aumento de la electricidad que dispuso la cartera que dirige el ministro. ARCHIVO
03 Agosto 2016
La jueza federal de San Martín, Martina Isabel Forns, dispuso la suspensión de los aumentos tarifarios de los servicios de electricidad en todo el país. De esta manera hizo lugar a dos amparos presentados por el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la asociación Consumidores Argentinos.

La suspensión, que "en modo alguno significa adelantar criterio sobre el fondo de la cuestión", fue resuelta porque no se hizo audiencia pública y por los "exorbitantes, desproporcionados" aumentos dispuestos en las resoluciones 6 y 7 de este año del Ministerio de Energía y Minería.

"La audiencia pública no sólo resulta un requisito constitucional, haya o no norma que la establezca en materia de modificación de tarifas, sino que máxime que las aplicadas con las resoluciones atacadas por el amparista constituyen 'prima facie' ajustes exorbitantes, desproporcionados y fuera de la realidad económica actual de los 'clientes cautivos'", precisó Forns en su fallo, según reprodujo la agencia DyN.

En consecuencia, la magistrada hizo lugar a los amparos y ordenó al Estado Nacional la inmediata suspensión de los efectos de las Resoluciones nro. 6/2016, 7/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y 1/2016 del ENRE".

Asimismo, ordena a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico (Cammesa) "que se abstenga de aplicar el nuevo cuadro tarifario aprobado por la primera de las resoluciones citadas, respecto de todas las distribuidoras del país hasta tanto se realice la correspondiente audiencia pública".

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