Fijan fecha para el juicio por presunto enriquecimiento ilícito contra un ex juez

La causa se inició en 2003, a partir de una denuncia del ex fiscal Musi que apuntó al ex magistrado Terán. Según concluyó el juez Bejas, Terán no pudo justificar un incremento patrimonial de $ 874.000. El destituido ex juez federal ya fue condenado en otra causa en 2014.

EN EL BANQUILLO. Terán, durante el juicio por títulos públicos en 2014. la gaceta / foto de Diego Aráoz (archivo) EN EL BANQUILLO. Terán, durante el juicio por títulos públicos en 2014. la gaceta / foto de Diego Aráoz (archivo)
29 Agosto 2016
El ex juez federal Felipe Terán, destituido en 2006, será el protagonista del primer juicio por presunto enriquecimiento ilícito cometido durante el ejercicio de la función pública. En la semana que pasó, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) fijó la fecha de inicio de las audiencias en las que se buscará determinar si el ex magistrado puede o no justiciar su incremento patrimonial entre 1999 y 2005.

El juicio oral y público, según el decreto firmado por el presidente del TOF, Gabriel Casas, comenzará el 22 de febrero de 2017. Es decir, casi 14 años después de la denuncia presentada en contra del ex juez federal. La cédula del TOF también acepta a los testigos aportados por las partes, entre los que sobresale el ex diputado nacional y ex legislador peronista Gerónimo Vargas Aignasse.

El de febrero del año próximo será el segundo juicio que deba afrontar Terán. El ex juez ya fue condenado en 2014 a tres años de prisión de ejecución condicional, más seis años de inhabilitación para ejercer cargos públicos; por las causas de títulos públicos conocidas como “Borquez” y “Camandona”. En esos expedientes, cuyo proceso se extendió por nueve años, se investigaron presuntas maniobras con títulos de la deuda pública.

El caso “Borquez” determinó la destitución de Terán en 2006 y, en 2007, la renuncia de Jorge Parache, ex juez federal N°1. En esta pesquisa el Ministerio Público daba cuenta de la adquisición de títulos públicos a posteriori del dictado de la medida cautelar que ordenaba al erario el pago de los papeles en dólares, en las condiciones previas a la pesificación forzosa dispuesta en 2001. En esta causa había en juego U$S 5,2 millones, que nunca llegaron a cobrarse. En el expediente “Camandona” tampoco fueron percibidos los U$S 139.000 correspondientes a los bonos adquiridos antes del default. En este caso también hubo una medida cautelar sin monto favorable al peticionante.

En tanto, la investigación del patrimonio de Terán se remonta a una denuncia del ex fiscal penal provincial Héctor Abraham Musi interpuesta en octubre de 2003, donde advirtió sobre supuestas irregularidades en los amparos y medidas cautelares -conocidos como “liberación de corralitos”- tramitados en el Juzgado Federal Nº2. Musi, además, aseveró que Terán poseía numerosos inmuebles y vehículos imposibles de justificar con el ingreso percibido como juez de primera instancia. Con posterioridad, el ex fiscal se arrepintió de su denuncia. Pero aquella enmienda no paralizó al expediente y, en noviembre de 2014, el juez federal N°1, Daniel Bejas, dispuso el envío del expediente al TOF para que se encargue de organizar el debate. Según la Justicia Federal, Terán no pudo justificar un incremento patrimonial de $ 874.760 detectado en el período de 1999-2005. Según concluyó Bejas, tras la pesquisa del fiscal Carlos Brito, el ex titular del Juzgado Federal N°2 no había sido capaz de explicar durante la instrucción la procedencia del enriquecimiento surgido de la discordancia existente entre la suma de sus recursos anuales disponibles ($ 444.881,83) entre 1999 y2005 y el incremento patrimonial apreciable ($1.319.642,29) registrado en idéntico lapso.

Vargas Aignasse fue citado debido a un pleito que mantuvo con Terán. Según la versión del ex juez, el 13 de octubre de 2006, cinco días antes de que fuera leído el fallo el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación, recibió en su departamento a Vargas Aignasse, ocasión en la que este le habría ofrecido un acuerdo para que el por entonces diputado Manuel Baladrón (PJ), que integraba el Jurado de Enjuiciamiento, votara a favor de su absolución. Esto, finalmente, no sucedió, porque Baladrón fue uno de los seis miembros del tribunal que se pronunció por la destitución de Terán por la causal de mal desempeño.

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