El Senado impuso cambios y el proyecto de Ley del Arrepentido vuelve a Diputados

La iniciativa amplía la figura del “colaborador” a los casos de corrupción contra el Estado.

EN SESIÓN. La Cámara Alta aprobó anoche cambios al Código Penal. Dyn EN SESIÓN. La Cámara Alta aprobó anoche cambios al Código Penal. Dyn
08 Septiembre 2016
BUENOS AIRES.- El Senado dio ayer sanción definitiva al proyecto de ley que modifica el Código Penal y por el cual se crea un procedimiento especial para los delitos cometidos en flagrancia. También aprobó, con cambios, el que amplía la figura del arrepentido para los delitos de corrupción.

Este último proyecto ya contaba con media sanción de la Cámara Baja y ahora debe volver a ese cuerpo, lo que implica que por primera vez el Gobierno nacional ve regresar a la cámara de origen un proyecto de su interés, desde el inicio de su gestión.

En el caso de la ley de flagrancia, fue sancionada en la votación en general por 63 votos afirmativos contra tres negativos; mientras en el proyecto de Arrepentido fue aprobada por 57 votos a favor, cuatro negativos (de los kirchneristas Ana Almirón, María de los Angeles Sacnún, Marcelo Fuentes y María Pilatti de Vergara); y cuatro abstenciones (de los kirchneristas Anabel Fernández Sagasti y Virginia García y sus compañeros del bloque PJ-FpV Ruperto Godoy e Hilda Aguirre).

El titular de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, el peronista entrerriano Pedro Guastavino, ofició de informante de ambos proyectos, y, en el caso de la ley de Arrepentido, explicó que se trata de una modificación del Código Penal “para mejorar la media sanción de Diputados y lograr una herramienta eficaz y llegar rápidamente a una sentencia”. Reseñó además que la figura ya existe en el Código para delitos de “narcotráfico, terrorismo, trata de persona o secuestro extorsivo”, y que con la reforma la amplía para delitos de corrupción o “contra la administración pública”.

Entre los cambios incorporados por los senadores se incluye el plazo para que el acusado pueda hacer uso de esa figura “hasta antes del acto de elevación a juicio” de la causa, por lo cual está obligado a dar “información corroborable en el plazo máximo de un año” y vincular a personas con igual o mayor responsabilidad en la trama delictiva.

Respecto a la reforma ley de flagrancia, Guastavino recordó la situación actual. “Todavía rige el viejo Código Procesal Penal de la Nación, conocido como Código Levene, pese a que el Congreso aprobó el año pasado un Nuevo Código Procesal, ley 27063, pero que el actual gobierno, vía DNU, suspendió su entrada en vigencia, por lo cual la norma puesta a consideración implica modificar ambos códigos”, precisó.

“En referencia a la protesta social, solo caen en el régimen los delitos comunes que se cometan con motivo o en ocasión de la protesta, no la protesta en sí”, aclaró Guastavino. Y apuntó: “el fiscal es quien declara la flagrancia”, para luego indicar que con esta medida se busca la celeridad del proceso. Así, el desarrollo y la etapa probatoria no puede superar los 40 días”, completó.

La adolfista puntana Liliana Negre anticipó el respaldo de su interbloque Compromiso Federal para los dos proyectos pero con disidencias parciales, al mencionar dudas de que la ley puede abrir la puerta a la represión de la protesta social, aunque dijo que ambas normas responden a una demanda de la sociedad. El juecista cordobés Ernesto Martínez expresó el respaldo a ambas iniciativas, pero pidió por la definición de “colaborador eficaz”, como una mejor denominación para la figura en lugar del “arrepentido” y aclaró, a modo de vocero del oficialismo, que la norma en el artículo 2 indica que “el delincuente mentiroso, mendaz o habitualmente falso, será reprimido por pena de prisión hasta 10 años”. El peronista salteño Rodolfo Urtubey, al respaldar las propuestas, recordó que en los tribunales el 63% de las causas corresponde a delitos menores. Por eso, dijo que los juzgados están colapsados. “Ese colapso evita que los tribunales puedan dedicarse a delitos de mayor envergadura”, apuntó. (DyN-Especial)

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