La “ruta del dinero K”: ordenaron a Casanello que resuelva si llamará a indagatoria a Cristina

Cristina Fernández y Lázaro Báez. FOTO DE ARCHIVO. Cristina Fernández y Lázaro Báez. FOTO DE ARCHIVO.

El empresario Lázaro Báez está preso por la misma causa. El juez Federal se había declarado incompetente.

25 Octubre 2017

La Cámara Federal porteña rechazó la incompetencia que declaró el juez Sebastián Casanello en la causa en la que está preso Lázaro Báez y le ordenó al magistrado que resuelva si la ex presidenta Cristina Fernández debe ser llamada a indagatoria también en ese proceso.

La Sala Segunda del tribunal, con las firmas de los jueces Martín Irurzun y Eduardo Farah, le ordenó a Casanello que debe “decidir, sin más, la procedencia o el rechazo de las declaraciones indagatorias solicitadas por los acusadores”, entre ellos la de la ex mandataria.

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En la misma causa fueron confirmadas las ampliatorias de procesamientos de Báez y de sus hijos, entre otros imputados.

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En agosto pasado, Casanello amplió los procesamientos en la causa denominada “ruta del dinero K”, pero se declaró incompetente y envió la causa a su par Julián Ercolini, sin resolver un pedido de indagatoria contra la ex presidenta.

Casanello interpretó que debía enviar su causa a Ercolini, quien investiga un megaexpediente que abarca toda la obra pública adjudicada presuntamente en condiciones irregulares.

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Pero ahora, la Cámara le recordó que debe ser él quien decida si Cristina Fernández, entre otros mencionados, debe o no ser legitimada pasivamente en autos, ante el pedido que en ese sentido le efectuaron los acusadores público y particular.

“Meses atrás, ya se indicó en oportunidad de abordar esta misma cuestión que es necesario que se parta de relacionar las pruebas recogidas en esta causa con las (otras), de manera de integrar esta pesquisa a las otras que, como se dijo, se encuentran íntimamente vinculadas”, explicó el fallo.

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“Aun cuando por su magnitud deban transitar esta etapa por separado, confluyan a la conformación de un gran debate que permita dilucidar los cuantiosos hechos de corrupción involucrados”, añadió.

Para la Cámara, los acusadores “ya efectuaron su análisis en tal sentido, introduciendo la pretensión a la que arribaron como conclusión de esa evaluación. Corresponde al Juez, ahora y sin más dilaciones, dar respuesta a tal planteo. Y ello no puede resultar óbice para que, paralelamente, se oriente el proceso para quienes ya tienen su situación procesal definida rumbo al cierre de esta instancia preparatoria y se encamine directamente hacia la etapa de la crítica instructoria y, eventualmente, al juicio”.

El fallo también desvinculó de la causa definitivamente al financista Leonardo Fariña y al empresario Roberto Erusalinsky por la compra venta de un campo en Mendoza. (DyN)



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