Los jueces civiles pican en punta y se preparan para incorporar la oralidad en septiembre

Con el apoyo y asesoramiento de la Nación, la Justicia local implementará audiencias para intentar reducir la duración de los juicios Los Juzgados en lo Civil y Comercial utilizarán los equipos de videograbación adquiridos a propósito del nuevo proceso penal.

EL EQUIPO PARA LA ORALIDAD DE JUICIOS CIVILES, EN LA SALA DE ACUERDOS DE LA CORTE. Claudia Sbdar, Jesús Lafuente, Marcelo Zelarán, Viviana Gasparotti, Pedro Pérez y José Dantur, durante la entrevista con LA GACETA.  la gaceta / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO EL EQUIPO PARA LA ORALIDAD DE JUICIOS CIVILES, EN LA SALA DE ACUERDOS DE LA CORTE. Claudia Sbdar, Jesús Lafuente, Marcelo Zelarán, Viviana Gasparotti, Pedro Pérez y José Dantur, durante la entrevista con LA GACETA. la gaceta / FOTO DE JORGE OLMOS SGROSSO

La Justicia civil se dispone a dar un giro en la manera de tratar y resolver los conflictos de su incumbencia. Esa vuelta de tuerca es la célebre oralidad. A diferencia de sus pares del fuero penal, que disponen de un código procesal nuevo desde 2016 que aún no está en vigencia, los magistrados a cargo de aplicar las leyes civiles y comerciales probarán las audiencias sin que haya cambios en la legislación de forma. Los preparativos están en marcha con la asistencia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación. El objetivo es implementar la transformación en septiembre: al trazar esa meta, Claudia Sbdar, vocal de la Corte Suprema de Justicia de Tucumán; los jueces José Dantur, Jesús Abel Lafuente, Pedro Pérez y Viviana Gasparotti, y el funcionario Marcelo Zelarayán trazaron también el fin práctico de la iniciativa, que es acortar la duración de pleitos que en promedio se extienden más allá de los seis años.

Las audiencias, una preliminar y otra de vista de causa, serán celebradas tanto en la capital como en Concepción. La teatralización de los conflictos de derecho privado tendrá lugar en tres salas equipadas con los equipos de videograbación que adquirió el Poder Judicial con motivo de la postergada aplicación de la reforma procesal penal. Los dos recintos destinados al uso de los ocho juzgados civiles de San Miguel de Tucumán se instalarán en el espacio que usa el Cuerpo de Auditores en el Palacio de Justicia (la Corte reubicó aquel órgano en el edificio de la calle La Madrid 484). La sala del sur aún no tiene sede: la definición de este asunto edilicio forma parte de la agenda pendiente, lo mismo que la capacitación proyectada y la elaboración de un protocolo interno.

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En una entrevista celebrada el miércoles en la sala de acuerdos de la Corte, el equipo que lidera la iniciativa explicó que la oralidad impactará en la etapa que mayores dilaciones genera, la relativa a la prueba, e incrementará la transparencia (se informa por separado). La comisión a cargo de Sbdar que integran Dantur, Gasparotti, Pérez, Lafuente, Zelarayán y Carlos Molina, magistrado de Concepción, y los funcionarios nacionales Héctor Chayer y Juan Pablo Marcet se reunió en Buenos Aires el 22 de junio. Todos ellos preparan el terreno para un vuelco complejo en una institución que tiende a la burocratización y a aferrarse a los papeles. “Hoy los ciudadanos no ven el rostro del juez y este juzga en función de la lectura de un expediente, sin usar los otros sentidos. Pensamos que la oralidad ofrecerá otra vivencia de la Justicia y de la Constitución”, reflexionó Sbdar.

La idea de oralizar parcialmente el proceso civil, que en el presente es sustanciado por escrito de principio a fin, sin esperar a la sanción de una ley, nació este mismo año a partir de un ciclo de concientización organizado en el Centro de Especialización y Capacitación Judicial. Sbdar comentó que especialistas de la Nación plantearon la necesidad de hacer un ensayo en paralelo a la redacción del anteproyecto de reforma procesal de los fueros no penales en desarrollo en una comisión especial creada por la Legislatura. La posibilidad de probar opciones permitirá ajustar las clavijas en la práctica y recoger información valiosa para plasmar en los nuevos códigos. En pocas palabras, determinar las necesidades de funcionamiento del trámite oral, que es otro mundo. De alguna manera, el ensayo reedita el criterio rector del plan piloto que el alto tribunal intentó implementar en 2012, en la Justicia penal de Concepción y Monteros, y que terminó descartado por la oposición de los poderes políticos. Cuatro años después, el Poder Legislativo sancionó la ley que oralizó por completo el sistema de persecución del delito y que, luego de dos prórrogas, debería entrar en vigor en febrero de 2019.

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La diferencia respecto de aquel plan piloto frustrado es que el Código Procesal Civil y Comercial de 1991, por la naturaleza de los litigios y los bienes en disputa, ofrece la flexibilidad necesaria para perfeccionar ciertos actos de manera verbal. Por ejemplo, cuando dispone que los jueces ejercerán la dirección del proceso y, a ese efecto, tienen los poderes necesarios para privilegiar la mayor celeridad y la economía en su desarrollo (artículo 30). La pregunta es por qué se decidió adoptar la oralidad recién este año. La vocal Sbdar mencionó que hacía falta que maduraran ideas contemporáneas como el acceso a la justicia y la interpretación amplia de las reglas procesales. “Queremos atender el reclamo de la mora plegándonos a una corriente que existe en 17 provincias”, opinó el juez Lafuente. Su par Dantur añadió: “la mayoría de nosotros somos jueces relativamente nuevos. Primero debíamos poner en orden nuestros despachos y ocuparnos de los atrasos que encontramos. En este momento tenemos la experiencia que hace falta para afrontar el reto”. La magistrada Gasparotti expresó que existía un convencimiento sobre la necesidad de dar el paso: “creemos que puede funcionar y, además, ser contagioso para el resto del Poder Judicial”.

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