Brito declaró antes de la sentencia por el caso DAU: "envejecí con esta causa"

El veredicto se conocerá después del mediodía. El ex titular de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo está acusado por tres presuntos delitos de corrupción.

JORNADA DECISIVA. Miguel Ángel Brito (60 años, ingeniero en construcción) revisa un expediente en la sala de debate. LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA JORNADA DECISIVA. Miguel Ángel Brito (60 años, ingeniero en construcción) revisa un expediente en la sala de debate. LA GACETA / FOTO DE FRANCO VERA
02 Julio 2018

El ex titular de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo (DAU), Miguel Ángel Brito, dijo hoy sus últimas palabras antes de conocer la sentencia en el juicio que se impulsa en su contra por tres presuntos delitos de corrupción. "Soy una persona más, que tenía 54 años y envejeció con esta causa. Hoy tengo 60. Recibí todo tipo de ataques sólo por haber trabajado en una reparación pública que hizo obras. Tengo una hijita en el hospital, pero tenía que estar acá", declaró.

"Soy una persona que ha obrado toda la vida por el buen camino. Siempre con el temor de Dios, de no pecar, porque soy temeroso de Dios. En estos últimos días, por necesidad propia y por consejo de mi defensor me puse a orar fuertemente", dijo, además de afirmar que pidió bendiciones para el tribunal.

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El veredicto de la Sala VI de la Cámara Penal, integrada por las juezas Alicia Freidenberg (presidenta), Stella Maris Arce y María Elisa Molina (integra el estrado en reemplazo de Marta Cavallotti, que no participó del trámite debido a una licencia por enfermedad), se conocerá no antes del mediodía.

Brito se desempeña en la Municipalidad de San Miguel de Tucumán desde los 80, y aún continúa en ese cargo. En los 90 se sumó a las filas del bussismo, y llegó a ser concejal y legislador por Fuerza Republicana. En 2007 se incorporó al equipo del entonces gobernador, José Alperovich, y asumió las riendas de la DAU. Tuvo que renunciar en agosto de 2012, a pedido del hoy senador, luego de una publicación de LA GACETA referida a observaciones del Tribunal de Cuentas (TC). Poco después fue denunciado por los radicales Silvia Elías de Pérez (senadora de Cambiemos) y Ariel García (legislador de la UCR). La causa penal pasó por tres fiscales de Instrucción y tardó seis años en llegar al salón de audiencias de los tribunales penales.

Cuáles son las tres acusaciones que tiene Brito en su contra

Imputación N°1: presunto fraude a la Administración pública

Según el inciso 5° del artículo 174 del Código Penal, “sufrirá prisión de dos a seis años” el ciudadano “que cometiere fraude en perjuicio de alguna Administración Pública”. En este caso, se trata del erario de la Provincia. La Fiscalía efectuó esta imputación a Miguel Ángel Brito en concordancia con lo previsto en el artículo 173 de esa normativa, donde constan los “casos especiales de defraudación”. En el inciso 7° se menciona a quien “tuviera a su cargo el manejo, la administración o el cuidado de bienes o intereses pecuniarios ajenos, y con el fin de procurar para sí o para un tercero un lucro indebido o para causar daño, violando sus deberes perjudicare los intereses confiados”.

Imputación N°2: negocios incompatibles con la función pública

Durante la gestión de Miguel Ángel Brito al frente de la Dirección de Arquitectura y Urbanismo (DAU), la repartición contrató a familiares suyos como proveedores, a través de la firma Drober Aráoz. La defensa afirma que el imputado no ordenaba los pagos, pero la fiscalía sospecha que se trataba de una operatoria ilegal. “Será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo”, expresa el artículo 265 del Código Penal Argentino.

Imputación N°3: abuso de autoridad

La Fiscalía de Cámara, a cargo de Carlos Saltor, manifestó durante el debate sus sospechas de que Miguel Ángel Brito abusó de su posición de autoridad como director de Arquitectura y Urbanismo para perpetrar los supuestos delitos imputados. “Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere”, expresa el artículo 248 del Código Penal Argentino, dentro del capítulo IV.


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