La familia de Chocobar no quiere que se les acerquen los condenados por el crimen

“Recuperaron la libertad porque la Justicia se ha demorado en darle firmeza a la sentencia y no porque sean inocentes”, dijo el abogado Garmendia.

El tribunal y la fiscalía, en una reconstrucción del hecho. El tribunal y la fiscalía, en una reconstrucción del hecho.
08 Julio 2020

La familia de Javier Chocobar solicitará a la Justicia que prohíba el acercamiento a la comunidad Chuschagasta a Darío Amín, Luis Gómez y Eduardo José Valdivieso, condenados por el crimen del comunero. Así lo adelantó Carlos Garmendia, apoderado del grupo originario y querellante, tras confirmar el cese de las prisiones preventivas de los tres sentenciados en octubre de 2018.

“Si bien es cierto que se ha llegado al límite del plazo de la medida cautelar sin que la causa adquiera firmeza. La Sala IV podría haber mantenido la prisión preventiva un tiempo más por varias razones. Hubo una actitud de la defensa de dilatar la cuestión en Casación, respecto de los planteos de recusación. Eso ha demorado el inicio del estudio de la causa por parte de la Corte Suprema. Además, se puede prorrogar un año más la medida cautelar. La ley nacional lo permite en casos determinados, no así el Código nuevo tucumano”, remarcó el abogado. “La Corte sí está trabajando. No hay demora excesiva e injustificada”, añadió.

Garmendia, de todos modos, consideró que el hecho de que los condenados recuperen la libertad no tiene implicancia en la causa penal. “Recuperaron  la libertad porque la Justicia se ha demorado en darle firmeza a la sentencia y no porque sean inocentes”, manifestó.

La Sala IV confirmó esta semana el cese de prisión preventiva para los tres condenados, bajo caución fijada en $ 1 millón. En distintas modalidades, Amín, Gómez y Valdivieso cumplían el arresto, luego de ser considerados responsables del crimen de Chocobar, ocurrido en 2009.

El 24 de octubre de 2018, el Tribunal condenó a 22 años de prisión a Darío Luis Amín por homicidio agravado por el uso de armas de fuego en perjuicio de la víctima, y por tentativa de homicidio agravado por el uso de armas de fuego en perjuicio de Andrés Joaquín Mamaní y Emilio Jaime Mamaní.

Luis Humberto Gómez fue sentenciado a 18 años como participe secundario y responsable del delito de portación de arma de fuego de uso civil condicional o de guerra sin debida autorización legal. Mientras que Eduardo Valdivieso ha sido condenado a 10 años por ser participe secundario y por portación de armas de fuego.

Comentarios