La Corte sancionó a un juez de Paz por no rescatar a un niño de cuatro años

Los vocales del alto tribunal local impusieron una suspensión de 45 días sin goce de haberes a Juan Cipriani.

EL JUEZ DE PAZ DE GONZALO (TRANCAS). Juan Cipriani, el funcionario sancionado por la Corte, durante la celebración de un casamiento a domicilio.  EL JUEZ DE PAZ DE GONZALO (TRANCAS). Juan Cipriani, el funcionario sancionado por la Corte, durante la celebración de un casamiento a domicilio.

El juez de Paz de Gonzalo (Trancas), Juan Cipriani, fue sancionado con una suspensión de 45 días sin percepción de sueldos por haber incumplido la orden de rescatar a niño de cuatro años expuesto a un riesgo altísimo de violencia. La Corte Suprema de Justicia de Tucumán aplicó aquel castigo en el sumario administrativo abierto como consecuencia de la denuncia que presentó Valeria Brand, jueza de Familia de turno en la capital durante el asueto judicial extraordinario. La vocal Eleonora Rodríguez Campos discrepó con sus pares Claudia Sbdar (presidenta), Antonio Daniel Estofán, Daniel Posse y Daniel Leiva en cuanto a la severidad de la sanción: según su criterio, correspondía promover la destitución de Cipriani (se informa por separado).

La Acordada 480/20 del 8 de julio refiere que los hechos ocurrieron en el momento más estricto de la cuarentena. El 6 de abril, Brand dispuso con carácter urgente que el nene fuera retirado del domicilio en el que su padre lo retenía y devuelto a su madre. La resolución se basaba en los informes de la Oficina de Violencia Doméstica que indicaban que el niño estaba sometido a un peligro altísimo. Cipriani recibió el encargo el mismo día, pero prefirió posponerlo con el argumento de que la progenitora necesitaba conseguir un flete para sacar las pertenencias de su hijo. El 8 de abril, el juez de Paz se presentó en la casa donde estaba el chico y, si bien pudo verlo, optó por no llevárselo por el ambiente de tensión que había. Cuando finalmente se decidió a hacer el rescate, el 13 de abril, el juez de Paz se encontró con que el chico y su padre ya no estaban en el domicilio indicado. Una búsqueda policial intensa permitió encontrar al niño y ponerlo a salvo el 19 de abril.

El desenlace alivió al Poder Judicial no sólo porque la atención de las causas de violencia era un objetivo prioritario del servicio montado durante el aislamiento obligatorio, sino también porque en este caso había antecedentes de golpizas, adicciones, delitos y portación de armas. En su denuncia, la magistrada Brand dijo que Cipriani había alertado a los violentos y desbaratado la protección, y pidió la aplicación de la máxima sanción: destitución.

En la investigación interna, el juez de Paz alegó que, gracias a su prudencia, la mamá había podido recuperar a su hijo. Cipriani expresó que la hostilidad y la posibilidad de asistir a un “enfrentamiento que derivara en ‘un hecho de sangre’” lo habían persuadido acerca de la necesidad de suspender la medida. El funcionario añadió que, por sus 28 años de experiencia, juzgó que era necesario pedir la asistencia de “un grupo de choque” de la Policía y manifestó que Brand se negó a oírlo: “para la jueza lo más importante era cumplir sí o sí su orden y no las vidas en juego”. Cipriani agregó que el 13 de abril se encontró que en la Comisaría de El Colmenar le retaceaban la colaboración que pedía y que ello lo obligó a llamar a la Jefatura de la Unidad Regional Norte, que de inmediato mandó a un grupo numeroso de policías. Pero el niño había desaparecido.

“Mi accionar fue idóneo, interesado, bien intencionado y empático”, dijo Cipriani. Y aseguró que las decisiones que había tomado fueron acertadas y apropiadas: “me siento perseguido sin razón”. El juez de Paz afirmó que jamás había sido cobarde: “mi legajo evidencia la constancia en mi trabajo y las numerosas licencias que no gocé”.

Los vocales consideraron que el funcionario supo desde el primer momento sobre el entorno violento del niño y que no arbitró los medios adecuados para extraerlo. “Ello implica una ausencia de compromiso con la función, y la total despreocupación por la integridad física y mental del menor que debía tutelar”, expresaron Sbdar, Estofán, Posse, Leiva y Rodríguez Campos. Además, dijeron que los jueces de Paz carecen de potestad para aplazar las medidas que han de practicar: “Cipriani actuó de forma negligente y subestimó la situación”. La Corte adujo que ello era todavía más grave en un caso que comprometía el interés superior de un niño.

El caso, en cinco pasos

1- El 6 de abril y durante la cuarentena más estricta, la jueza Brand ordenó el rescate urgente de un niño expuesto al riesgo altísimo de violencia.

2- El juez de Paz Cipriani primero difirió la medida y, luego, la suspendió. Cuando quiso cumplirla, el nene ya no estaba en la casa paterna.

3- Tras un despliegue policial y judicial enorme, el chico de cuatro años fue puesto a salvo. Ello ocurrió 13 días después de la orden de Brand.

4- El 15 de abril, la jueza denunció la actuación de Cipriani ante la Corte. Durante el sumario, el juez de Paz defendió su actuación.

5- El 8 de julio, la Corte suspendió a Cipriani por 45 días sin goce de sueldos. Rodríguez Campos dijo que este debía ser destituido.

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