Jorge Lazarte contrajo covid-19 en el penal y la Justicia le concedió la prisión domiciliaria

Al ex represor, condenado en Tucumán por tres megacausas, le habían negado el beneficio a fines de mayo. Hoy se supo que se contagió, y el tribunal accedió al pedido.

CONDENADO. Lazarte, contagiado de covid-19, recibió el beneficio de prisión domiciliaria por parte del mismo tribunal que se la había denegado a fines de mayo. CONDENADO. Lazarte, contagiado de covid-19, recibió el beneficio de prisión domiciliaria por parte del mismo tribunal que se la había denegado a fines de mayo. LA GACETA / ARCHIVO
24 Julio 2020

En la unidad Penal Federal 34 de Campo de Mayo -alberga presos por delitos de lesa humanidad- falleció hoy un detenido por covid.19 y, según da cuenta el diario La Nación, otros 28 presos contrajeron la enfermedad.

Dos de ellos son Jorge Omar Lazarte y Ramón Ojeda Fuentes, ambos condenados en Tucumán por megacausas por delitos de lesa humanidad.

El 27 de mayo, el Tribual Oral Federal de Tucumán, integrado por Carlos Jiménez Montilla, Gabriel Casas y Juan Carlos Reynaga, le había denegado el segundo pedido de prisión domiciliaria a Lazarte.

Lazarte gozaba del beneficio -otorgado por el mismo tribunal- desde principios de junio de 2016. Sin embargo, 10 días antes de que el Gobierno nacional decrete la cuarentena para menguar la proliferación de la covid-19, se descubrió que el ex represor circulaba impunemente por el centro proteño. Se conocieron esas transgresiones porque la moza de un bar donde él habia olvidado su tarjeta de crédito gugleó su nombre. Desde entonces, regresó a la unidad Penal Federal 34 de Campo de Mayo.

Hace minutos, y confirmado que Lazarte contrajo se contagió de la nueva enfermedad en el penal, Jiménez Montilla, Casas y Reynaga hicieron lugar a un nuevo pedido de arresto domiciliario. "Que haya contraído covid-19, teniendo en cuenta su edad y salud (patologías que surgen de su legajo de salud y oportunamente evaluadas por el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación), determina que a criterio de estos juzgadores se considera que la forma más adecuada para que el imputado transite la enfermedad que padece es su domicilio", dice el fallo.

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