Desde mañana las empresas podrán inscribirse para la Asistencia al Trabajo y la Producción

Se trata de la cuarta etapa de la ayuda que brinda el Estado para que las firmas puedan pagar los sueldos. La convocatoria estará abierta hasta el 4 del mes que viene.

CONVOCATORIA. Las empresas interesadas en acceder a la ayuda estatal deben anotarse el sitio de la AFIP, desde mañana al 8 de enero.. CONVOCATORIA. Las empresas interesadas en acceder a la ayuda estatal deben anotarse el sitio de la AFIP, desde mañana al 8 de enero.. TÉLAM
28 Julio 2020

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitará mañana el sistema de registración online para la cuarta ronda del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP), que incluye la asistencia en el pago de salarios de julio a empleados del sector privado.

De esta forma, los empleadores que requieran la asistencia estatal para pago del salario de sus trabajadores tendrán tiempo de inscribirse hasta el 4 de agosto, ingresando con Clave Fiscal a la web de la AFIP, mediante la solapa “Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción - ATP”.

"Los criterios para acceder al salario complementario correspondiente a julio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros", apuntaron desde el organismo recaudador, por medo de un comunicado.

En ese sentido, durante esta nueva etapa el Programa contemplará la posibilidad de que aquellos empleadores que hayan registrados aumentos nominales en su facturación de hasta el 30% interanual en junio puedan tramitar un crédito subsidiado para el pago de salarios.

Por otra parte, accederán al salario complementario de hasta dos salarios mínimos ($ 33.750) aquellas actividades consideradas críticas (turismo, restaurantes, gimnasios, cultura y deportes) y de hasta $ 25.300 los trabajadores de las empresas de otros rubros que hubieran registrado una caída nominal en su facturación entre los meses de junio de 2019 y 2020.

En el caso de las firmas cuya facturación nominal muestre una variación positiva de entre el 0% y 30% podrán tramitar un crédito garantizado y subsidiado por el Gobierno nacional para financiar los salarios.

Si la facturación fue entre 0% y 10% más que en junio de 2019, será un crédito a tasa cero; para un alza interanual de ventas de entre 11 y 20%, la tasa será del 7,5%; y para las empresas que hubieran facturado entre 21 y 30% más, la tasa será del 15% anual.

"Los créditos estarán disponibles una vez que finalice el período de inscripción", dijeron desde la AFIP. (Télam)

Comentarios