Con argumentos desplegados en 310 páginas, Pedicone intenta salvar su puesto en la Justicia

El magistrado Enrique Pedicone contestó y solicitó la desestimación de los siete pedidos de destitución que le trasladó la comisión de Juicio Político de la Legislatura. Como el comité que preside el oficialista Zacarías Khoder le denegó una audiencia oral y pública, el juez defendió su actuación por escrito. En total, presentó 310 páginas de razones.

Denuncia de Raed
“Es un enorme dislate y una aberración”

“De ninguna manera ha probado el denunciante Antonio Raed que la acusación contra el vocal de la Corte, Daniel Leiva, se trate de una operación política”, expresaron el juez Enrique Pedicone, y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig a la comisión de Juicio Político de la Legislatura al solicitar el rechazo y archivo de este pedido de destitución. “Es un enorme dislate y una aberración. Sostenemos con énfasis que si los legisladores hubiesen analizado la presentación, verificado los hechos y evaluado su trascendencia, jamás podrían haber llegado a correr traslado”, opinaron.

Pedicone, Ahumada y Battig manifestaron que la denuncia penal contra Leiva adquirió trascendencia pública por el cargo que ocupa el acusado. Y añadieron que, en un Estado de derecho, nadie manejaba la libertad de prensa: “nadie puede dictar a los medios de comunicación qué noticias publicar”. Raed, ex legislador justicialista, había manifestado que, al denunciar a Leiva, Pedicone violó el artículo 123 de la Constitución de Tucumán. “No podrán los funcionarios judiciales intervenir activamente en política; firmar programas, exposiciones, protestas u otros documentos de carácter político, ni ejecutar acto alguno semejante que comprometa la imparcialidad de sus funciones”, dispone esta cláusula.

Raed dijo que Pedicone debía ser echado del Poder Judicial porque “no tenía noticia de que tamaño desarreglo de conducta” haya merecido actuaciones disciplinarias del alto tribunal. “Esto es una acusación tan ridícula como la de la ‘operación política’ puesto que el inicio de actuaciones administrativas es resorte exclusivo y excluyente de la Corte”, manifestaron el juez y sus abogados.


Denuncia de Lausberg
“El fiscal Noguera pidió la excarcelación”

Tanto en la contestación de la denuncia de la abogada Ingrid Lausberg como en la elaborada para rebatir la acusación que lleva la firma del letrado Carlos María Gallardo (ver por separado), el juez Enrique Pedicone, y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig detallaron el trámite de la causa “Bravo”, y explicitaron que la liberación del imputado ocurrió por pedido del Ministerio Público Fiscal. “El fiscal Alejandro Noguera consintió la competencia y, luego, dictaminó por la libertad del acusado Ángel Edgardo Sacarías Bravo”, manifestaron a la comisión de Juicio Político de la Legislatura, y solicitaron el archivo y el rechazo de la petición de destitución incoada por Lausberg.

Las intervenciones de Pedicone en el caso “Bravo” y en “la causa de los billares” ocurrieron durante la miniferia de agosto. Los vocales Antonio Daniel Estofán, Daniel Leiva y Eleonora Rodríguez Campos consideraron que el juez actuó “sin competencia” e incurrió en “una falta de decoro”, y le aplicaron un apercibimiento que aún no está firme. La contestación a la denuncia de Lausberg describe que el denunciante de Leiva expuso irregularidades sobre su inhabilitación en la miniferia y que firmó la libertad de Bravo porque Noguera no le había dado alternativa al expresar su desinterés en que el imputado siguiera preso. Pedicone, Ahumada y Battig no sólo enfatizaron que el fiscal consintió la competencia del primero, sino que advirtieron que, luego de que Estofán, Leiva y Rodríguez Campos ratificaran su desafectación del receso, el juez Juan Francisco Pisa ejecutó la excarcelación aconsejada por Noguera. Y añadieron que quienes activaron el trámite fueron el camarista Eudoro Albo y el secretario Fernando Valladares. “Pero los magistrados mencionados no fueron objetados, sino sólo Pedicone”, afirmaron.


Denuncia de Gallardo
“El denunciante consintió la resolución”

El juez Enrique Pedicone recibió dos pedidos de destitución fundados en su actuación en la causa “Bravo”: uno lleva la firma de la abogada Ingrid Lausberg (ver por separado) y el otro la rúbrica de su colega Carlos María Gallardo. Las contestaciones que el juez y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig ofrecieron a la comisión de Juicio Político de la Legislatura responsabilizan al fiscal Alejandro Noguera por la liberación del imputado Ángel Edgardo Sacarías Bravo durante la miniferia de agosto. Además de pedir el archivo y el rechazo de la acusación de Gallardo, el magistrado Pedicone, Ahumada y Battig enfatizaron que el denunciante se había presentado como querellante, cuando no lo era. “Pidió ese rol con posterioridad a la presentación de la solicitud de destitución. Pero, además, debemos subrayar que Gallardo consintió la resolución que liberó a Bravo”, agregaron.

La rendición de cuentas enviada a la comisión de Juicio Político manifiesta que el comportamiento de Gallardo “generaba serias dudas sobre sus verdaderas intenciones”: “no recurrió la decisión basada en la posición del Ministerio Público Fiscal por lo que aceptó la libertad del imputado y demostró un tardío interés por ser parte en la causa”.

Pedicone, Ahumada y Battig opinaron que a Gallardo le había surgido “sorpresivamente” la preocupación por las víctimas. Más allá de decir que al juez no le quedaba otra opción que otorgar la libertad ante la falta de interés de Noguera en que el acusado permaneciera en prisión preventiva, la respuesta recuerda que el cese incluía una prohibición de contacto con los testigos. Y añade que llamaba la atención que Gallardo no haya impugnado a nadie más que a Pedicone, pese a que el juez Juan Francisco Pisa ejecutó la liberación dictaminada por Noguera.


Denuncia de Rojas (I)
“Ataque a la judicatura”

El juez Enrique Pedicone, y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig requirieron a la comisión de Juicio Político de la Legislatura que rechace y archive las imputaciones del ex legislador justicialista y abogado Juan Eduardo Rojas. Este denunciante articuló varias objeciones en dos presentaciones distintas (ver la otra respuesta por separado). Una de las contestaciones afirma que un magistrado no puede ser destituido por el contenido de sus pronunciamientos porque para objetarlos están los recursos, y que ese principio goza de reconocimiento unánime en la doctrina y la jurisprudencia. “Los jueces no pueden ser enjuiciados por las decisiones que tomen interpretando o aplicando la ley. Si la Legislatura pudiese aprobar o desaprobar las sentencias, la independencia judicial sería ilusoria”, razonaron y consideraron que la impugnación de Rojas implicaba “un ataque a la judicatura”, que abiertamente transgredía las resoluciones que la Corte Suprema de Justicia de Tucumán había dictado a instancias de la camarista Alicia Freidenberg (fue destituida por el Poder Legislativo y, luego, la Justicia le restituyó el cargo).

Pedicone y sus abogados acotaron que si los jueces merecieran permanecer en sus puestos en la medida de que no incurrieran en error, según el parecer de los legisladores, entonces el sustento de su estabilidad no estaría dado por su independencia, sino por su infalibilidad. Y agregaron: “la permanencia en la magistratura no puede quedar subordinada a la aplicación del derecho de la forma que quieran los denunciantes y la mayoría parlamentaria. La Legislatura está para legislar, no para erigirse en una instancia superior que evalúe el acierto de las decisiones judiciales”.


Denuncia de Rojas (II)
“No hubo una simulación”

El juez Enrique Pedicone, y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig requirieron a la comisión de Juicio Político de la Legislatura que rechace y archive las imputaciones del ex legislador justicialista y abogado Juan Eduardo Rojas. Este denunciante articuló varias objeciones en dos presentaciones distintas (ver la otra respuesta por separado). En particular, Pedicone y sus letrados transcribieron algunos fallos y antecedentes relativos a los casos que esgrimió Rojas para requerir su expulsión. Por ejemplo, advirtieron que había sido el juez Marcelo Mendilaharzu quien, durante la feria de verano de este año, había dispuesto la libertad de los imputados Nelson Leonel Ramayo y Mario Alberto Ramayo. Respecto de otra de las causas, “Danum”, subrayaron que Rojas no recusó a Pedicone, sino que consintió su participación, aunque, según su criterio, existía una vinculación con la familia de los imputados: “extemporáneamente intenta recusarlo ahora, pese a que la causa fue elevada a juicio oral en 2019”.

Pedicone y sus abogados señalaron que el fiscal ante (la extinta) Cámara de Apelaciones había dictaminado a favor de la liberación del imputado Patricio Exequiel Alarcón. Y que lo mismo había ocurrido con relación al acusado Franco Emanuel Vázquez en una audiencia de agosto de 2019. “Este acto no fue simulado, como dice Rojas. Escapa a la responsabilidad que una letrada que no representa a la querella se presentara por esta, y hasta pidiera un cuarto intermedio y hablara por teléfono con su representada, según se podrá observar en la filmación. Es el secretario Fernando Valladares quien informa en la apertura del acto quiénes están presentes y con qué carácter”, afirmaron.


Denuncia de Mayer
“Violación de la igualdad”

El juez Enrique Pedicone, y sus abogados Arnaldo Ahumada y Fernanda Battig solicitaron el rechazo y el archivo de la solicitud de destitución que articuló Lucas Emmanuel Mayer junto a su padre, el abogado fallecido Carlos Mayer. “Admitirla implicaría una clara violación de la igualdad”, dijeron en la respuesta que presentaron ante la comisión de Juicio Político de la Legislatura. Y precisaron que Mayer no había sufrido ningún perjuicio, además de que su causa había sido elevada a juicio en julio. “Recientemente, el fiscal Pedro Gallo reeditó el requerimiento de prisión preventiva del imputado Nicolás Carrizo Albo y el entonces juez N°4, Raúl Cardozo, la rechazó sin que ello llevara a Mayer a solicitar ningún juicio político en su contra, lo que demuestra la desigualdad”, explicaron. Mayer había demandado la expulsión de Pedicone con el argumento de que este había calificado los hechos atribuidos a Carrizo Albo como “lesiones leves”, lo que posibilitó la liberación del imputado.

En otras presentaciones, Mayer cuestionó que el juez haya actuado sin competencia durante la miniferia de agosto (con el propósito de controlar un operativo anti-covid-19, que derivó en la declaración de esterilidad de una audiencia celebrada en el pasillo). Pedicone y sus letrados justificaron el proceder en el acceso a la justicia y en las irregularidades denunciadas ante la Corte, lo que dio lugar a que los vocales Antonio Daniel Estofán, Daniel Leiva y Eleonora Rodríguez Campos aplicaran un apercibimiento que aún está en discusión. “Ello impide el enjuiciamiento político de un juez. Pero tampoco el denunciante explica por qué esto le causa tanta gravedad como para considerarlo un alzamiento contra la Constitución”, dijeron.


Denuncia de Falú
“Pido el trato de Leiva”

Respecto de este séptimo pedido de destitución promovido por el abogado Alfredo Falú, el juez Enrique Pedicone dijo que era muy evidente que había sido articulado como represalia por haber denunciado al vocal de la Corte de Tucumán, Daniel Leiva. “Pido para mí el mismo trato que dieron a él (respecto de las seis denuncias presentadas en su contra), y rechacen y archiven este cuestionamiento fundado en conflictos que están siendo investigados en la Justicia”, dijo el juez a la comisión de Juicio Político de la Legislatura.

Falú había objetado a Pedicone por su actuación respecto de Leiva, en particular por haberlo grabado, y por pretender intervenir en causas sin competencia, hecho que llevó a los vocales Antonio Daniel Estofán, Leiva y Eleonora Rodríguez Campos a apercibir al magistrado a finales de agosto. El denunciado, y sus abogados Fernanda Battig y Arnaldo Ahumada defendieron el derecho de la víctima de un delito a grabar a su victimario. “Más aún cuando se trata de hechos de corrupción”, añadieron. Y reiteraron que Leiva “cometió delitos” (al solicitar a Pedicone “el manejo de las intensidades” de una causa penal contra el legislador Ricardo Bussi) y que, por ello, no cabía proteger sus derechos a la intimidad y a la privacidad.

En cuanto a la imputación de haber actuado sin competencia durante la miniferia de agosto, la contestación indica que existía un recurso de reconsideración en trámite en la Corte, que hasta la fecha no había sido resuelto: “la acusación de Falú está siendo investigada en su ámbito natural, y por ello debe ser rechazada para guardar coherencia y no caer en la desigualdad que implica ponderar con distintas varas situaciones análogas”.

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