Votaciones en el recinto: Manzur se quedó con menos de un tercio de los legisladores

Según el asunto a tratar, puede necesitarse de mayoría simple, de mayoría absoluta o de los tres cuartos votos de los miembros de la Legislatura.

EN EL RECINTO. Foto: Prensa Legislatura EN EL RECINTO. Foto: Prensa Legislatura

El oficialismo perdió la mayoría absoluta en el Poder Legislativo, a partir de la ruptura entre los legisladores que responden al gobernador Juan Manzur (en principio, 11 bancas propias) y aquellos alineados al vicegobernador Osvaldo Jaldo (se quedó con 22 escaños). Los alcances de la reciente fractura son todavía inciertos. Pero un dato político de relevancia para la Casa de Gobierno es que menos de un tercio del recinto (el 22,44% de los 49 miembros) responde directamente al jefe del Poder Ejecutivo (PE).

Este escenario no implica que Manzur verá "caer" todos sus proyectos de ley (como los presupuestos y los reajustes tributarios), o que el cuerpo colegiado rechazará los pliegos de sus candidatos a jueces y fiscales. Pero sí que el jefe del Partido Justicialista (PJ) y sus estrategas deberán recurrir a alianzas con otros espacios del peronismo o con la oposición para reunir los votos necesarios que posibiliten el aval legislativo de los asuntos de relevancia para la gestión de gobierno.

Integrantes y números

El bloque "Lealtad Peronista", que preside Sergio Mansilla, tendrá por misión defender en el recinto las políticas de la Casa de Gobierno. Sus integrantes son Gerónimo Vargas Aignasse -vicepresidente primero de la Legislatura-, Carlos Sebastián Assán, Eduardo Bourlé, Marta Najar, Leopoldo Rodríguez, Reneé Ramírez, Zacarías Khoder, Carlos Sebastián Assán, Jorge Abraham Leal, Luis Fernández y Paula Galván.

El jaldismo, en tanto, quedó con 22 miembros; el bussismo, con seis; el alfarismo, con tres; y el alperovichismo, con dos. El cuerpo colegiado está completado por dos bussistas que no tienen bancada, y por tres unibloques (dos de la UCR y uno de LIbres del Sur).

¿Cuántos votos necesitaría la Casa de Gobierno para imponerse en el recinto?

Para contar con quórum (número mínimo que habilite al cuerpo colegiado a adoptar una decisión válida en el recinto) hacen falta "la mitad más uno de los legisladores en ejercicio", expresa el artículo 81 del Reglamento de la Legislatura. Y agrega que "cuando el total sea impar -como sucede en la actual composición, de 49 legisladores- se tomará como base el número inmediato superior". Es decir que se necesitan 25 representantes en las bancas para someter un asunto a votación.

Por otro lado, el artículo 141 de la normativa interna de la Cámara provincial establece que "en todos los casos, las decisiones de la Legislatura necesitarán simple mayoría de los votos emitidos, salvo los supuestos previstos por la Constitución o por este Reglamento".

Tomando un posible escenario con la totalidad de las bancas ocupadas, se necesitan 25 votos para imponer una mayoría simple. En este caso, el bloque "Lealtad Peronista" deberá obtener el apoyo de al menos 14 integrantes de otros espacios al momento de tratar en sesión proyectos de ley. ¿Y qué pasa si el quórum es con 25 representantes en el recinto? En tal caso, el manzurismo debería obtener el apoyo de solo dos aliados para imponerse como mayoría simple.

Este tipo de votación está contemplada para los proyectos (del PE y de los legisladores) y para la firma de convenios para obras y para programas nacionales, así como para la ratificación de la designación de magistrados del Poder Judicial de Tucumán (a propuesta del gobernador, en el marco del proceso establecido por la Ley del Consejo Asesor de la Magistratura).

Para obtener la mayoría absoluta, en tanto, el bloque manzurista debería hacer un esfuerzo un poco mayor, ya que esta modalidad de sanción requiere de la mitad más uno de los miembros del cuerpo colegiado (26 votos en el caso de la Legislatura).

La aplicación de este número está prevista, por ejemplo, para el nombramiento de los integrantes del Tribunal de Cuentas y de la Defensoría del Pueblo; y para la sanción de leyes que establezcan "regímenes tributarios de excepción "para alentar la inversión de capitales". 

¿Qué pasaría en caso de que la Casa de Gobierno necesite recurrir a la toma de deuda para financiar el erario? "Toda ley que autorice la emisión de fondos públicos o empréstitos sobre el crédito general de la Provincia, necesita de la sanción de los dos tercios de votos de la totalidad de los miembros de la Legislatura, entendiéndose por la totalidad de los miembros a los que estuvieren en ejercicio de sus funciones en el momento de la sanción", establece el artículo 17 de la Constitución provincial. En este caso, el manzurismo debería reunir al menos 33 votos, por lo que los legisladores del bloque "Lealtad Peronista" se verían obligados a conseguir el apoyo de 22 representantes de otros espacios.

DESAFUROS.- Aunque no se trata de un procedimiento habitual en la Provincia, la Constitución de 2006 establece cuáles son los trámites a seguir en caso de que un juez considerare que "hay lugar a la formación de causa en materia penal contra un legislador". "Ante el pedido de desafuero formulado por un juez, la Legislatura deberá pronunciarse, concediéndolo o denegándolo, dentro de los 15 días de recibido. Si pasare este tiempo sin que haya pronunciamiento, se entenderá concedido. La denegatoria deberá ser fundada, votada nominalmente por lo menos por veinticinco legisladores, y dada a publicidad dentro de los cinco días, por la prensa local, con las razones de la denegatoria, y nombres de los legisladores que así decidieron. El desafuero implica el total sometimiento a la jurisdicción, pero no involucrará, por sí solo, ni la destitución ni la suspensión", indica la Carta Magna.

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