Impuesto a las Ganancias: cuáles son las principales características de las modificaciones del proyecto

El diputado Heller dio detalles del proyecto de ley.

Impuesto a las ganancias Impuesto a las ganancias
15 Marzo 2021

Carlos Heller, diputado nacional Frente de Todos, presidente Partido Solidario, titular de la comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados, se refirió a las principales características de las modificaciones del proyecto de ley que establece cambios en el Impuesto a las Ganancias.

- Se exceptúa del pago del impuesto a los trabajadores/as que cobren un salario mensual bruto de hasta $150.000, y sin considerar para este cálculo el aguinaldo, con lo cual queda exento para este grupo.

- En el caso de los haberes previsionales, se eleva de 6 a 8 haberes mínimos el piso para quienes no estarían alcanzados por el gravamen: son actualmente unos $152.000, importe que se incrementaría en marzo por la actualización vigente.

- Se flexibiliza la restricción para percibir tal beneficio para aquellos que tengan otros ingresos por fuera de la jubilación, limitación que fue establecida en las reformas de 2016 y 2017. Ello significa que si un jubilado/a tiene ingresos por intereses de plazo fijo por montos exiguos, perdía el beneficio de la exención: con el proyecto, y hasta determinados límites, ello ya no sucederá.

- Para tener una idea del alcance de este proyecto, un trabajador que gana $150.000 debería pagar un impuesto anual de $115.000 con la legislación actual, monto que ya no deberá tributar.

- Hay un intervalo para los salarios que van de $150.000 a los $173.000 que tendrá un tratamiento especial, mediante una fórmula matemática, para evitar un salto brusco en la tributación. Los integrantes de este grupo verán reducido su aporte aunque de modo progresivo, es decir, el beneficio va a ser menor cuanto mayor sea el ingreso hasta el límite citado. De esa forma, no habrá un salto entre los que ganan, digamos $172.900 brutos y los que ganan $173.100.

- Se mantiene el beneficio del 22% existente para los trabajadores/as de la zona patagónica.

- Otro cambio importante es que se permite que la deducción que actualmente alcanza al cónyuge, se extienda a los concubinos, sean del mismo o de diferente sexo. Respecto a la deducción de movilidad y viáticos, los montos serán fijados por los convenios colectivos de cada actividad, con un tope establecido en la ley.

- Se establece que la vigencia del proyecto será retroactiva al 1º de enero de 2021, por lo cual los salarios inferiores a $ 150.000 recibirán la devolución de lo retenido.

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